Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (05209/2021)
Extracto de la convocatoria abierta de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Cultural durante el año 2022
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Delegación de Cultura y Deportes
Anuncio 5209/2021
dispone de ninguna otra subvención destinada a dicha actividad que sumada a la de Diputación de Badajoz, exceda del
importe total de la misma, según modelo del anexo IV.
Copia de la factura abonada al artista/grupo y copia del documento acreditativo del pago efectivo.
C. Prórroga de la justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la justificación, el
beneficiario deberá solicitar una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las circunstancias ante el órgano
concedente de la subvención.
BASE 12. PUBLICIDAD E INTERPRETACIÓN.
Las presentes bases de la Convocatoria se publicarán para general conocimiento de los interesados en el Boletín Oficial de la
Provincia por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la web de la Diputación Provincial de Badajoz, en
la dirección: https://www.dip-badajoz.es/bop/index.php para general conocimiento de los interesados.
BASE 13.- INDICADORES DE RESULTADO Y DE ACTIVIDAD.
Se considerarán los siguientes indicadores de resultados y actividad que deberán incluirse en la tabla que se incorpora al
anexo III:
Localidades beneficiadas por el área de influencia de la actividad realizada.
Número de beneficiarios de la actividad, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos de la actividad.
BASE 14. CONTROL, REINTEGRO Y SANCIONES.
Las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones derivados de los incumplimientos establecidos en las
presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 1 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto
887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley.
BASE 15. PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
Información sobre protección de datos:
Responsable:
Diputación Provincial de Badajoz
C/ Obispo San Juan de Rivera, 6
06071 Badajoz
924 212 400
Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es
Finalidad del tratamiento:
Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas
a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización
del Programa de Dinamización Cultural 2022.
Legitimación del
tratamiento:
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Destinatarios de cesiones o
transferencias:
No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los
interesados:
Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, limitación u
oposición, así como otros.
Información adicional:
www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
BASE 16. RECURSOS.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponerse recurso de
reposición ante la Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoBOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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dispone de ninguna otra subvención destinada a dicha actividad que sumada a la de Diputación de Badajoz, exceda del
importe total de la misma, según modelo del anexo IV.
Copia de la factura abonada al artista/grupo y copia del documento acreditativo del pago efectivo.
C. Prórroga de la justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la justificación, el
beneficiario deberá solicitar una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las circunstancias ante el órgano
concedente de la subvención.
BASE 12. PUBLICIDAD E INTERPRETACIÓN.
Las presentes bases de la Convocatoria se publicarán para general conocimiento de los interesados en el Boletín Oficial de la
Provincia por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la web de la Diputación Provincial de Badajoz, en
la dirección: https://www.dip-badajoz.es/bop/index.php para general conocimiento de los interesados.
BASE 13.- INDICADORES DE RESULTADO Y DE ACTIVIDAD.
Se considerarán los siguientes indicadores de resultados y actividad que deberán incluirse en la tabla que se incorpora al
anexo III:
Localidades beneficiadas por el área de influencia de la actividad realizada.
Número de beneficiarios de la actividad, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos de la actividad.
BASE 14. CONTROL, REINTEGRO Y SANCIONES.
Las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones derivados de los incumplimientos establecidos en las
presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 1 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto
887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley.
BASE 15. PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
Información sobre protección de datos:
Responsable:
Diputación Provincial de Badajoz
C/ Obispo San Juan de Rivera, 6
06071 Badajoz
924 212 400
Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es
Finalidad del tratamiento:
Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas
a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización
del Programa de Dinamización Cultural 2022.
Legitimación del
tratamiento:
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Destinatarios de cesiones o
transferencias:
No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los
interesados:
Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, limitación u
oposición, así como otros.
Información adicional:
www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
BASE 16. RECURSOS.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponerse recurso de
reposición ante la Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoBOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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