Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (05241/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro para la celebración de actividades deportivas durante el año 2022
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Delegación de Cultura y Deportes

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realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el mismo.
h) Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de las obligaciones establecidas en esta base 9, se tendrá en cuenta a la hora de
valorar la capacidad técnica del solicitante en esta y futuras convocatorias. Además, dará lugar a los correspondientes
requerimientos, apercibimientos y, en su caso, al inicio del expediente de reintegro.
Base 10. Justificación de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la
Ley 38/2003, se prevé la Cuenta Justificativa Simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación. La justificación de la subvención otorgada podrá presentarse desde la fecha de finalización de la
actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución, hasta el 31 de enero de 2023, como fecha límite.
B. Forma de remisión de la justificación. El expediente justificativo se remitirá por medios electrónicos mediante su
presentación a través del Registro Electrónico ubicado en la página principal de Diputación de Badajoz, en aplicación de la
legislación de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención (anexo VII), así
como la subsanación de la misma (anexo VIII), estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz
ubicada en su página principal en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es, así como también en las direcciones:
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de justificación adicionales que
sean necesarios conforme a los modelos normalizados, debidamente firmados por el órgano competente y digitalizados.
C. Justificación Técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una declaración
de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. Esta memoria deberá recoger, para el caso de
que el importe de la subvención concedida haya sido inferior al solicitado, una explicación de cómo
han procedido ajustar el alcance de la actividad subvencionada o, en su caso, cuál ha sido la alternativa
de financiación.
Copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del
proyecto, destacando dónde han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su
imagen corporativa, según establece el apartado d) de la base 9 de la convocatoria.
Anexo VI de indicadores de resultado y actividad establecidos en la base 12 de la convocatoria.
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión. No obstante, según lo
establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando las actividades hayan
sido cofinanciadas, además de con la subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos,
deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
De no justificarse así, se incurrirá en causa de reintegro y se procederá a incoar por la Diputación Provincial expediente de
reintegro de subvención a efectos de exigir la subvención en el porcentaje correspondiente al importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar:
1.- Anexo de cuenta justificativa (anexo V), debidamente cumplimentado que contendrá:
1.1.- Datos de la entidad beneficiaria
1.2.- Datos del proyecto, con indicación de coste total del mismo y cómo se ha financiado.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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