Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (05240/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro para la celebración durante 2022 de actividades educativas y culturales, así como celebración de fiestas populares
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Delegación de Cultura y Deportes
Anuncio 5240/2021
General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su tramitación anticipada conforme a lo
establecido en el artículo 56 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión ordinaria que se
celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de Subvenciones, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz.
El Presidente, P.D. El Diputado Delegado de Cultura y Deporte (Decreto 5/7/2019, BOP 8/7/2019), Francisco Martos Ortiz.- El
Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y Coordinador de la Delegación de Cultura y
Deportes, Ricardo Cabezas Martín (decreto 5/7/2019, BOP (8/7/2019).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier
otro recurso que se estime procedente.
_____________
BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS
A LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA LA CELEBRACIÓN DURANTE EL AÑO 2022 DE
ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y CULTURALES, ASÍ COMO A LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS POPULARES.
En concordancia con los Planes Estratégicos de Subvenciones de la Diputación de Badajoz y de conformidad con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así
como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, la Delegación de Cultura y Deportes ha establecido unas líneas
generales de fomento y promoción cultural para la coordinación y realización de las acciones culturales de la Diputación de
Badajoz, destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia, con lo que se persigue una mejora de la calidad de
la programación cultural en la provincia y una mayor participación del tejido asociativo provincial en la gestión de los
programas culturales patrocinados por la Diputación de Badajoz, aplicando los objetivos, criterios y valores del Plan
Estratégico de Subvenciones en el que se enmarca la Delegación de Cultura y Deportes.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de las competencias propias que el art. 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las Diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en
relación a "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de
acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
En este sentido, se prestará especial atención a las actividades que incluyan contenidos relacionados con la accesibilidad, la
diversidad, la proximidad, la igualdad, la solidaridad y la educación, con el fin de que las necesidades e intereses de los
ciudadanos estén en el centro de las políticas culturales de la Diputación de Badajoz.
Igualmente, y de cara a la consecución de los objetivos que nos hemos marcado dentro de esas líneas estratégicas de
promoción cultural, la oferta se orienta a la construcción e implementación de proyectos que puedan incluir diversas
actividades coherentes con los propósitos de las mismas. Así, junto a las actividades propias de la Diputación de Badajoz, la
oferta de las asociaciones sin fines de lucro conformará una propuesta cultural de diversas actividades complementarias o
periféricas que incidan en la promoción, divulgación, creación de nuevos públicos, formación y cercanía de la oferta a los
ciudadanos.
Esta convocatoria busca como finalidad ordenar la oferta cultural existente para una posterior selección de actividades
culturales y educativas de calidad con el objetivo de establecer la programación cultural de la provincia en 2022.
Base 1. Objeto y líneas de actuación.
El objeto de estas bases es establecer la regulación, en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de las asociaciones
sin fines de lucro de la provincia de Badajoz, cuya finalidad sea la ejecución de proyectos culturales y educativos, así como la
celebración de fiestas populares en la provincia de Badajoz, complementarios o periféricos a la actividad directa de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su tramitación anticipada conforme a lo
establecido en el artículo 56 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión ordinaria que se
celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de Subvenciones, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz.
El Presidente, P.D. El Diputado Delegado de Cultura y Deporte (Decreto 5/7/2019, BOP 8/7/2019), Francisco Martos Ortiz.- El
Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y Coordinador de la Delegación de Cultura y
Deportes, Ricardo Cabezas Martín (decreto 5/7/2019, BOP (8/7/2019).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier
otro recurso que se estime procedente.
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BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS
A LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA LA CELEBRACIÓN DURANTE EL AÑO 2022 DE
ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y CULTURALES, ASÍ COMO A LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS POPULARES.
En concordancia con los Planes Estratégicos de Subvenciones de la Diputación de Badajoz y de conformidad con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así
como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, la Delegación de Cultura y Deportes ha establecido unas líneas
generales de fomento y promoción cultural para la coordinación y realización de las acciones culturales de la Diputación de
Badajoz, destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia, con lo que se persigue una mejora de la calidad de
la programación cultural en la provincia y una mayor participación del tejido asociativo provincial en la gestión de los
programas culturales patrocinados por la Diputación de Badajoz, aplicando los objetivos, criterios y valores del Plan
Estratégico de Subvenciones en el que se enmarca la Delegación de Cultura y Deportes.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de las competencias propias que el art. 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las Diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en
relación a "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de
acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
En este sentido, se prestará especial atención a las actividades que incluyan contenidos relacionados con la accesibilidad, la
diversidad, la proximidad, la igualdad, la solidaridad y la educación, con el fin de que las necesidades e intereses de los
ciudadanos estén en el centro de las políticas culturales de la Diputación de Badajoz.
Igualmente, y de cara a la consecución de los objetivos que nos hemos marcado dentro de esas líneas estratégicas de
promoción cultural, la oferta se orienta a la construcción e implementación de proyectos que puedan incluir diversas
actividades coherentes con los propósitos de las mismas. Así, junto a las actividades propias de la Diputación de Badajoz, la
oferta de las asociaciones sin fines de lucro conformará una propuesta cultural de diversas actividades complementarias o
periféricas que incidan en la promoción, divulgación, creación de nuevos públicos, formación y cercanía de la oferta a los
ciudadanos.
Esta convocatoria busca como finalidad ordenar la oferta cultural existente para una posterior selección de actividades
culturales y educativas de calidad con el objetivo de establecer la programación cultural de la provincia en 2022.
Base 1. Objeto y líneas de actuación.
El objeto de estas bases es establecer la regulación, en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de las asociaciones
sin fines de lucro de la provincia de Badajoz, cuya finalidad sea la ejecución de proyectos culturales y educativos, así como la
celebración de fiestas populares en la provincia de Badajoz, complementarios o periféricos a la actividad directa de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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