Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05333/2021)
Ordenanza sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno
Anuncio 5333/2021
dicha denuncia realizada por el instructor del expediente, siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales
siguientes a aquel en que tenga lugar la citada notificación. El abono anticipado con la reducción anteriormente señalada,
salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir, implicará únicamente
la renuncia a formular alegaciones (art. 94 L.S.V.) y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.
En caso de efectuar alegaciones el denunciado, se entenderá su renuncia al descuento del 50% y se procederá a la
tramitación del expediente sancionador, conforme al art. 95 de la L.S.V
Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el agente denunciante fijará provisionalmente la
cuantía de la multa y, de no depositarse su importe, inmovilizará el vehículo.
En todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el párrafo anterior respecto a la reducción del 50% y el depósito o el pago
de la multa podrá efectuarse en moneda de curso legal en España o de cualquier otro país con quien España mantenga tipo
oficial de cambio.
Capítulo II.- Recursos.
Artículo 39. Recursos.
Contra las resoluciones sancionadoras podrá interponerse el recurso de reposición de carácter potestativo previsto en el
artículo 96 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente al de su notificación.
El recurso se entenderá desestimado cuando haya transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado
resolución expresa.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones anteriores del Ayuntamiento, de igual o inferior rango, regulen las materias
contenidas en esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza ha sido aprobada por acuerdo plenario del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 23 de
septiembre de 2021, y entrará en vigor al día siguiente al de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Contra e presente acuerdo, se podrá interponer por los interesados, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Villanueva del Fresno, a 10 de dicembre de 2021.- El Alcalde, Ramón Díaz Farias.
______________
GRAVEDAD
Norma
Art.
Apdo. Inciso Opción
Hecho
Observaciones
CIR
2
1
5A
COMPORTARSE INDEBIDAMENTE EN LA
CIRCULACIÓN CAUSANDO PELIGRO A LAS
PERSONAS
Deberá indicarse
detalladamente el
comportamiento y/o
el tipo de peligro
causado
80,00
75
-
-
L
CIR
2
1
5B
COMPORTARSE INDEBIDAMENTE EN LA
CIRCULACIÓN ENTORPECIENDO LA MISMA,
CAUSANDO PERJUICIOS Y MOLESTIAS
INNECESARIAS A LAS PERSONAS O DAÑOS A
LOS BIENES
Deberá indicarse
detalladamente el
comportamiento y/o
el tipo de perjuicio,
molestia o daño
causados
80,00
75
-
-
L
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Importe Ptos. Art. Apdo. Inciso Gravedad
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dicha denuncia realizada por el instructor del expediente, siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales
siguientes a aquel en que tenga lugar la citada notificación. El abono anticipado con la reducción anteriormente señalada,
salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir, implicará únicamente
la renuncia a formular alegaciones (art. 94 L.S.V.) y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.
En caso de efectuar alegaciones el denunciado, se entenderá su renuncia al descuento del 50% y se procederá a la
tramitación del expediente sancionador, conforme al art. 95 de la L.S.V
Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el agente denunciante fijará provisionalmente la
cuantía de la multa y, de no depositarse su importe, inmovilizará el vehículo.
En todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el párrafo anterior respecto a la reducción del 50% y el depósito o el pago
de la multa podrá efectuarse en moneda de curso legal en España o de cualquier otro país con quien España mantenga tipo
oficial de cambio.
Capítulo II.- Recursos.
Artículo 39. Recursos.
Contra las resoluciones sancionadoras podrá interponerse el recurso de reposición de carácter potestativo previsto en el
artículo 96 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente al de su notificación.
El recurso se entenderá desestimado cuando haya transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado
resolución expresa.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones anteriores del Ayuntamiento, de igual o inferior rango, regulen las materias
contenidas en esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza ha sido aprobada por acuerdo plenario del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 23 de
septiembre de 2021, y entrará en vigor al día siguiente al de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Contra e presente acuerdo, se podrá interponer por los interesados, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Villanueva del Fresno, a 10 de dicembre de 2021.- El Alcalde, Ramón Díaz Farias.
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GRAVEDAD
Norma
Art.
Apdo. Inciso Opción
Hecho
Observaciones
CIR
2
1
5A
COMPORTARSE INDEBIDAMENTE EN LA
CIRCULACIÓN CAUSANDO PELIGRO A LAS
PERSONAS
Deberá indicarse
detalladamente el
comportamiento y/o
el tipo de peligro
causado
80,00
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5B
COMPORTARSE INDEBIDAMENTE EN LA
CIRCULACIÓN ENTORPECIENDO LA MISMA,
CAUSANDO PERJUICIOS Y MOLESTIAS
INNECESARIAS A LAS PERSONAS O DAÑOS A
LOS BIENES
Deberá indicarse
detalladamente el
comportamiento y/o
el tipo de perjuicio,
molestia o daño
causados
80,00
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