Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05193/2021)
Bases de la convocatoria por promoción interna de una plaza de Técnico/a Medio Atención al Ciudadano
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Víctima del terrorismo

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Exentas

La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud.
El abono se realizará mediante cualquiera de las siguientes formas:
- A través del servicio de pago con tarjeta de débito o crédito mediante autoliquidación, en la
dirección: https://esede.dip-badajoz.es/pagotarjeta/index.php?id=autoliquidacion, disponible a
cualquier hora del día, cualquier día de la semana, sin necesidad de disponer de certificado
digital.
Con carácter general se seleccionará:
Tipo pago: Tasa derechos de examen subgrupos A1 y A2 Tarifa General.
Centro Gestor: Recursos Humanos.
Importe: 37,76 euros.
Quienes manifiesten encontrarse en otras circunstancias:
Tipo pago: Tasa derecho examen acceso función pública.
Centro Gestor: Recursos Humanos.
Importe: (La persona aspirante deberá introducir manualmente la cantidad que
corresponda por familia numerosa "categoría general" (18,88 euros)).
- O mediante ingreso de la cantidad que corresponda en la cuenta corriente: ES 49 - 2048 - 1299
- 8534 - 0000-0890, de la entidad Liberbank, indicando necesariamente el nombre y apellidos
del aspirante, y el concepto: "Pruebas selectivas Técnico/a Medio Atención al Ciudadano".
c) La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma,
en su caso, se realizará por vía electrónica, mediante el trámite habilitado al efecto a través de la sede
electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/, ya que quienes
acceden por el sistema de promoción interna, tienen la condición de personal empleado público y están
obligados por tanto a relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, de conformidad con
el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y artículo 9.1 de la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo
Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al
expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que
debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica. La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir a la persona
interesada la exhibición del documento o de la información original o solicitar del correspondiente archivo, el
cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias implica la autorización a la
Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia técnica
debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
d) Quienes acrediten discapacidad deberán expresamente indicarlo en su instancia y aportar junto a la misma
certificado acreditativo expedido por la Administración competente de tener una discapacidad igual o
superior al 33%; asimismo, deberán adjuntar informe del Centro de Atención a la Discapacidad en
Extremadura, CADEX, u organismo equivalente que acredite la compatibilidad del aspirante para el
desempeño de las tareas y funciones de las plazas. Dicho informe tendrá carácter no vinculante para la
obtención del grado de «apto laboral» emitido por el Servicio de Prevención y Salud en el reconocimiento
médico previsto. La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad
funcional del aspirante para las funciones habitualmente desarrolladas por los funcionarios integrados en las
plazas objeto de las presentes bases.
El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que
correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos
adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la
concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán
desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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