Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (05154/2021)
Bases de la convocatoria para proveer, por el procedimiento de concurso específico de méritos, tres puestos de Jefaturas de Sección
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 5154/2021
9.ª.4.º.- Resolución: La resolución de la convocatoria, que corresponde al Sr. Alcalde-Presidente, se adoptará
motivadamente con referencia al cumplimiento de las presentes bases.
Al personal funcionarios con adscripción definitiva que voluntariamente han participado en la convocatoria y
no se les haya adjudicado alguno de los puesto objeto del concurso, mantendrá la adjudicación definitiva
actual.
El plazo para la resolución del concurso será de seis meses desde el día siguiente al de la finalización de
presentación de instancias.
Décima.- Toma de posesión, destino y permanencia en el puesto.
10.ª.1.º.- El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de un
mes si implica cambio de residencia o reingreso al servicio activo.
El destino adjudicado al puesto de trabajo objeto de convocatoria se considera de carácter voluntario y, en
consecuencia, no generará derecho al abono de indemnización alguna.
10.ª.2.º.- El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión,
se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública. En este caso, el funcionario deberá expresar,
en un escrito dirigido al Alcalde-Presidente, el puesto de trabajo en el que va a tomar posesión en el plazo
establecido al respecto.
La falta de incorporación del funcionario en los plazos señalados en la base décima dará lugar a la exigencia
de la responsabilidad que legalmente proceda, salvo que medie causa justificada.
10.ª.3.º.- El funcionario deberá permanecer en el puesto de trabajo un mínimo de dos años para poder
participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo, salvo que sea nombrado para ocupar un
puesto de libre designación, así como en los supuestos de remoción del puesto obtenido por concurso o
supresión del puesto de trabajo.
Décimo primera.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases así como cualesquiera otras menciones que en las mismas se
expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino,
según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
Décimo segunda.- Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, se podrá interponer, por
los interesados, alternativamente: Recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a
la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, si este radica en Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Almendralejo, a 23 de noviembre de 2021.- La Secretaria, María Carmen Gordillo Alcalá.- El Alcalde, José María Ramírez
Morán.
________________
ANEXO I: RELACIÓN DE PUESTOS OFERTADOS, REQUISITOS Y CONDICIONES DE DESEMPEÑO
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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9.ª.4.º.- Resolución: La resolución de la convocatoria, que corresponde al Sr. Alcalde-Presidente, se adoptará
motivadamente con referencia al cumplimiento de las presentes bases.
Al personal funcionarios con adscripción definitiva que voluntariamente han participado en la convocatoria y
no se les haya adjudicado alguno de los puesto objeto del concurso, mantendrá la adjudicación definitiva
actual.
El plazo para la resolución del concurso será de seis meses desde el día siguiente al de la finalización de
presentación de instancias.
Décima.- Toma de posesión, destino y permanencia en el puesto.
10.ª.1.º.- El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de un
mes si implica cambio de residencia o reingreso al servicio activo.
El destino adjudicado al puesto de trabajo objeto de convocatoria se considera de carácter voluntario y, en
consecuencia, no generará derecho al abono de indemnización alguna.
10.ª.2.º.- El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión,
se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública. En este caso, el funcionario deberá expresar,
en un escrito dirigido al Alcalde-Presidente, el puesto de trabajo en el que va a tomar posesión en el plazo
establecido al respecto.
La falta de incorporación del funcionario en los plazos señalados en la base décima dará lugar a la exigencia
de la responsabilidad que legalmente proceda, salvo que medie causa justificada.
10.ª.3.º.- El funcionario deberá permanecer en el puesto de trabajo un mínimo de dos años para poder
participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo, salvo que sea nombrado para ocupar un
puesto de libre designación, así como en los supuestos de remoción del puesto obtenido por concurso o
supresión del puesto de trabajo.
Décimo primera.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases así como cualesquiera otras menciones que en las mismas se
expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino,
según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
Décimo segunda.- Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, se podrá interponer, por
los interesados, alternativamente: Recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a
la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, si este radica en Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Almendralejo, a 23 de noviembre de 2021.- La Secretaria, María Carmen Gordillo Alcalá.- El Alcalde, José María Ramírez
Morán.
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ANEXO I: RELACIÓN DE PUESTOS OFERTADOS, REQUISITOS Y CONDICIONES DE DESEMPEÑO
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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