Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (05154/2021)
Bases de la convocatoria para proveer, por el procedimiento de concurso específico de méritos, tres puestos de Jefaturas de Sección
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Ayuntamiento de Almendralejo

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Para superar esta fase de méritos específicos será necesario que los concursantes alcancen una puntuación
mínima de 2,50 puntos, siendo la máxima de esta misma fase de 5 puntos, de acuerdo a los siguientes
criterios:
a) Memoria sobre el puesto de trabajo que se haya solicitado: Versará sobre el análisis de las
tareas del puesto de trabajo al que se opte, con una descripción de la metodología relativa a la
organización y gestión de los recursos disponibles de la sección correspondiente, con base en
las funciones y descripción del puesto de trabajo que se incluye en el anexo I de estas bases.
La memoria se elaborarán conforme a la siguiente estructuración:
1.- Índice.
2.- Introducción.
3.- Análisis del puesto al que se opta (encaje en la estructura orgánica;
competencias de la sección; funciones genéricas y específicas del puesto
convocado así como de los puestos dependientes; recursos materiales de la
sección y del puesto; interrelación con otras unidades).
4.- Propuestas de organización (propuestas de organización de la sección y
mejora de los trámites de las competencias asignadas, propuestas sobre medios
humanos y materiales).
La memoria que tendrá una extensión mínima de 4 folios mecanografiados a
doble espacio y a doble caray máxima de 10 folios.
b) Defensa de la memoria: La asistencia a la defensa será requisito imprescindible para superar
esta fase y optar a la adjudicación del puesto. A tal efecto, se señalará el día y hora de la lectura
y defensa de la memoria presentada.
Finalizada la defensa, y con carácter previo a su calificación, la Comisión podrá formular al
aspirante las preguntas o aclaraciones que considere oportunas para una mejor comprobación
de la idoneidad para el puesto de trabajo convocado y del conocimiento del mismo acreditado
en la defensa de la memoria, pudiendo extenderse a la comprobación de los méritos alegados.
Su duración no podrá superar los veinte minutos, no pudiéndose utilizar ningún medio
informático.
c) Valoración de la memoria: Se valorará su capacidad de gestión, ejecución, coordinación y
programación de las competencias de la sección, en conexión con el Servicio donde se ubique.
Además del conocimiento adecuado de sus funciones y de las de los puestos que de este
dependan. Con la finalidad de mejorar la prestación de los servicios a los ciudadanos. En
concreto, la persona a seleccionar debe contar con capacidad para organizar la unidad, asignar
recursos, organizar la información y motivar al personal a su cargo, tomar decisiones, alcanzar
objetivos propuestos y evaluar resultados.
Una vez celebrada la defensa, deberá efectuarse mediante la puntuación obtenida con la media
aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración. En el
supuesto de que en algunas de las puntuaciones haya una diferencia igual o superior a 1 punto
sobre cinco, se eliminarán la máxima y la mínima. En el caso de que haya más de dos notas
emitidas que se diferencien en uno o más puntos solo se eliminará una de las máximas y otra
de las mínimas. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Se establecen los siguientes criterios de valoración de la memoria: 1 punto al contenido, 1,5
puntos a propuestas de mejoras, 1 puntos al conocimiento (teniendo en cuenta que la persona
aspirante no lea la memoria ni utilice textos legales, permitiéndose el que se apoyen en notas o
esquemas), 0,5 punto a la exposición y 1 puntos a las respuestas a las cuestiones planteadas
por la Comisión de Evaluación.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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