Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar del Rey. Delegación de Hacienda (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05088/2021)
Aprobación inicial de Ordenanza para 2022
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Ayuntamiento de Villar del Rey

Anuncio 5088/2021

- Cuando se trate de actividades profesionales, los interesados vendrán obligados a la presentación de la
oportuna declaración de alta, baja o variación, en el plazo de un mes desde que la misma se produzca.
- Las cuotas exigibles, una vez incluidas en el padrón, se efectuarán mediante recibo. La facturación y cobro
del recibo se hará anualmente.
- En el supuesto de bajas de actividades no domésticas que tengan asociadas locales, naves, etc., al producirse
esta baja efectiva y dejar de ingresar la tasa por concepto en el cual estuviese recogido, automáticamente
pasarían a considerarse naves sin actividad y por tanto, englobarse en la categoría 2, pagando la tasa
correspondiente a esta categoría.
Artículo 9. Infracciones y sanciones tributarias.
En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias, así como a la determinación de las sanciones que por las
mismas correspondan en cada caso, se aplicarán los preceptos de contenidos en los artículos 178 y ss. de la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria, normativa que la desarrolle, y en su caso, la Ordenanza general de gestión inspección y
recaudación en vigor.
Con motivo de los controles realizados por los técnicos de R.S.U. se establece un límite de 15 incidencias al año por usuario,
que de ser sobrepasadas el titular del recibo será sancionado con la cantidad de 50,00 euros.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza fiscal cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Ayuntamiento de Villar del Rey en sesión de
fecha 19 de noviembre de 2021, y entrará en vigor el día de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia,
comenzando a aplicarse el 1 de enero de 2022, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación
expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expedientes queda expuesto al público en la
Secretaría de esta Corporación, a efectos de presentación de alegaciones o reclamaciones contra los mismos en el plazo de
treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia.
El órgano ante el que se presenta: El Pleno de la Corporación.
En Villar del Rey, a 19 de noviembre de 2021.- El Alcalde, Moisés García Vadillo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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