Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremejía. (04504/2021)
Bases para la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Torremejía

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suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo en la Academia de la Seguridad Pública de
Extremadura.
12.2.- Nombramiento definitivo. Concluido el curso selectivo de formación y el período de prácticas, el Señor AlcaldePresidente, a la vista de resolución que declare los aspirantes que superen el citado curso selectivo, dictará resolución
nombrando funcionario de carrera al referido aspirante, publicándose el nombramiento en el "Diario Oficial de
Extremadura".
Aquellos aspirantes que se encuentren en la relación de seleccionados, formulada por el Tribunal Calificador, una vez
acreditados documentalmente los requisitos, como se establece en el apartado 2 de la base novena de esta convocatoria, y
que aleguen haber superado con anterioridad el curso selectivo de ingreso, por gozar de la condición de funcionario de
algún Cuerpo de Policía Local, será nombrado funcionario de carrera en cuanto acrediten documentalmente su
homologación, en los términos establecidos en el apartado 2 de la base decimosegunda.
12.3.- Toma de posesión. El aspirante nombrado funcionario de carrera deberá tomar posesión de su cargo en el plazo
máximo de 15 días desde su nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones
entendiéndose, asimismo, que renuncia a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo
señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras Administraciones
Públicas, en el que viniera desempeñando.
En el acto de toma de posesión, el funcionario nombrado deberá prestar juramento o promesa de acuerdo con la formula
prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
Decimotercero. Impugnación, incidencias o recursos.
13.1.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o
decisiones necesarias para el buen orden de la oposición en aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo
caso aplicable la normativa relacionada en la base segunda de la presente convocatoria, así como las demás normas
concordantes de general aplicación.
13.2.- Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige, cuantos actos administrativos se deriven de las mismas
y de las actuaciones del Tribunal se podrán formular impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecido
por la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, así como, en su caso, en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimocuarto. Publicación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las
Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura, las presentes bases, que regirán el proceso selectivo, se publicarán
íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y el anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado.
En Torremejía, a 29 de septiembre de 2021.- El Alcalde, Francisco Trinidad Peñato.
____________
ANEXO I
D. _________________________________, con DNI número ______________.
EXPONE:
Que teniendo conocimiento de la convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Torremejía
(Badajoz) para la provisión de una plaza de Agente de la Policía Local, publicada en el BOP de Badajoz número
________, a través del sistema de oposición libre y reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos en
esta convocatoria,
SOLICITA:
Tomar parte en las pruebas selectivas para esta convocatoria, aceptando íntegramente el contenido de las
bases y comprometiéndome al cumplimiento estricto de la misma.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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