Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Fomento. Servicio de Contratación y Gestión Económica (Badajoz). (04426/2021)
Bases reguladoras de las ayudas del programa respiro familiar, fomento de la natalidad y la protección de la familia
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 4426/2021

incluso a la retirada de la ayuda concedida.
Artículo 10. Régimen jurídico.
En aquellas materias no expresamente reguladas para las presentes bases será de aplicación la legislación de régimen local,
de subvenciones y de procedimiento administrativo que sea aplicable a las entidades locales.
Artículo 11. Compatibilidades.
Las ayudas serán compatibles con las ayudas que puedan obtenerse de los Organismos oficiales del Estado, de la
Comunidad Autónoma, de la Provincia o de cualquier otro organismo público.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Podrán beneficiarse de las subvenciones reguladas por estas bases aquellos progenitores que hubieran tenido
descendencia a partir de la publicación definitiva de estas bases y durante todo el año 2021, siempre que cumplan los
demás requisitos exigidos para su reconocimiento.
ANEXO
Documentación a presentar:
1. Fotocopia del DNI del/los progenitores solicitantes/s de la subvención.
2. Certificado del nacimiento del hijo o hijos por los que se solicite la subvención.
3. Documento acreditativo de la adopción, en el caso de que se haya producido el derecho por este hecho.
4. Certificado de empadronamiento y/o informe de residencia (se incorporará de oficio).
5. Certificación de estar al corriente tanto los progenitores como el o los nacidos en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias con la hacienda estatal, autonómica y con el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
(este último se incorporará de oficio).
6. Original y copia del libro de familia y NIF del solicitante.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado ContenciosoAdministrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Jerez de los Caballeros, a ____ de ____________ de 2021.
Segundo.- Convocar el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas.
Tercero.- Publicar la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
y en la sede electrónica".
En Jerez de los Caballeros, a 5 de octubre de 2021.- La Alcaldesa, Virginia Borrallo Rubio.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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