Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Fomento. Servicio de Contratación y Gestión Económica (Badajoz). (04430/2021)
Bases que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a asociaciones municipales sin ánimo de lucro y convocatoria para el año 2021 en régimen de concurrencia competitiva
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 4430/2021

recogidos en el artículo 36.1 y 36.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, en los casos de
incumplimiento por parte del mismo de las obligaciones asumidas o que se le hubieran impuesto, previa
tramitación de expediente y sin perjuicio de que por la Administración municipal pueda ser revisado el acto
de concesión en la forma y por el procedimiento legalmente establecido.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento
del pago de la subvención, en la cuantía legalmente establecida y previa tramitación de expediente, en los
supuestos establecidos en los artículos 36 y 37 de la Ley General de Subvenciones.
Las cantidades que proceda reintegrar tendrán la consideración de derecho público resultando de aplicación
para su cobranza lo establecido en la Ley General Presupuestaria.
XXII.- OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 13/2013 de Transparencia, acceso a la información y
buen gobierno, el beneficiario y el Ayuntamiento están obligados a publicar las subvenciones y ayudas
públicas concedidas, siendo responsabilidad del área gestora la publicación en el portal de transparencia
municipal, con indicación de su importe, objeto, finalidad y beneficiarios.
XXIII.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
De acuerdo con la Ley 3/20018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personales y
Protección de derechos digitales, los datos personales y cualquier otra información facilitada por los
interesados formarán parte del fichero de subvenciones titularidad del Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros con la finalidad de tramitar los expedientes que se deriven de la presente convocatoria. Los datos
podrán ser cedidos a otras entidades públicas con el fin de justificar la subvención concedida. Se reconoce la
posibilidad a todos los interesados en el expediente de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y
cancelación de los datos personales, dirigiéndose al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros.
XXIV.- RÉGIMEN JURÍDICO.
En lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio; de
forma supletoria las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho
privado aplicables.
En ningún caso el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros asumirá obligación alguna de carácter laboral ni de
ninguna otra clase, respecto al personal que los beneficiarios destinen a la ejecución de los programas objeto
de las subvenciones. Dicho personal deberá ser aportado por los beneficiarios, a cuyo cargo correrán las
respectivas relaciones jurídico-laborales o de otra índole que puedan existir, sin que en ningún caso alcance al
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros responsabilidad alguna, directa o indirecta por tales conceptos.
Corresponde igualmente a los beneficiarios la obtención de los permisos necesarios en su caso, el pago de los
impuestos correspondientes y la satisfacción del canon derivado de los derechos de autor.
XXV.- RECURSOS.
Contra las presentes bases podrá interponerse por los interesados recursos potestativo de reposición ante el
Pleno del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la
publicación de la resolución o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a la publicación de la misma ante el Juzgado de lo contencioso Administrativo de Jerez de los
Caballeros.
XXVI.- PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de
2016, general de protección de datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el
cumplimiento de la actividad administrativa de concesión de subvenciones o premios.
XXVII.- INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS.
1) Finalidad del tratamiento:
Procedimiento de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros destinadas a
asociaciones sin fines de lucro que desarrollen proyectos de acción social en Ayuntamiento de Jerez de los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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