Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04385/2021)
Convocatoria de becas de la Escuela Municipal de Música de Llerena
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Llerena
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5.- Resolución de concesión.
La concesión de las becas se realizará mediante resolución de la Alcaldía, a propuesta de los servicios
económicos municipales.
Referida resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer potestativamente
recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes desde el día siguiente a su
publicación en el tablón de anuncios, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento.
La resolución que se adopte se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento (tanto el físico como el
alojado en la sede electrónica), así como en el tablón de la Escuela Municipal de Música. La publicación
únicamente contendrá el número del documento de identidad de los interesados, indicando, en su caso, la/s
causa/s de denegación.
Esta publicación sustituirá la notificación en los términos que se establecen en el artículo 45 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.- Publicidad de las bases.
6.1.- Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
6.2.- La concurrencia al proceso de concesión de las becas implicará la manifestación tácita de consentimiento
inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
6.3.- De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales:
Responsable del tratamiento de sus datos: Ayuntamiento de Llerena.
Finalidad del tratamiento de los datos: Gestionar la solicitud de becas de la Escuela Municipal de
Música de Llerena para el curso 2021-2022.
Tiempo de conservación de los datos: Durante el plazo de vigencia de este expediente. No obstante,
los datos serán conservados con fines de archivo de interés público o fines estadísticos.
Legitimación para el tratamiento de los datos: Ejercicio de los poderes públicos o competencias
propias.
Cesión a terceras personas: Los datos no serán cedidos a terceras personas ajenas al Ayuntamiento de
Llerena, salvo que deban ser comunicados a otras entidades públicas o instituciones por imperativo
legal.
Derechos: Derecho de acceso a sus datos, solicitar su rectificación o, en su caso, cancelación, oposición
o solicitar su supresión. Podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos o, en su caso,
oponerse al tratamiento de los mismos. Para ejercer los expresados derechos podrá hacerlo a través
de la sede electrónica del Ayuntamiento de Llerena.
7.- Referencias de género.
Todas las referencias contenidas en las presentes bases que se efectúan en género masculino, se entenderán
hechas indistintamente en género femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso
generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística."
____________
ANEXO I
SOLICITUD
D./D.ª ____________, mayor de edad, con DNI número ____________, en mi propio nombre y derecho o en representación de
____________, domicilio en calle ____________, número ____________, piso ____________, ciudad ____________, código postal
____________, y teléfono: ____________.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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5.- Resolución de concesión.
La concesión de las becas se realizará mediante resolución de la Alcaldía, a propuesta de los servicios
económicos municipales.
Referida resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer potestativamente
recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes desde el día siguiente a su
publicación en el tablón de anuncios, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento.
La resolución que se adopte se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento (tanto el físico como el
alojado en la sede electrónica), así como en el tablón de la Escuela Municipal de Música. La publicación
únicamente contendrá el número del documento de identidad de los interesados, indicando, en su caso, la/s
causa/s de denegación.
Esta publicación sustituirá la notificación en los términos que se establecen en el artículo 45 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.- Publicidad de las bases.
6.1.- Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
6.2.- La concurrencia al proceso de concesión de las becas implicará la manifestación tácita de consentimiento
inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
6.3.- De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales:
Responsable del tratamiento de sus datos: Ayuntamiento de Llerena.
Finalidad del tratamiento de los datos: Gestionar la solicitud de becas de la Escuela Municipal de
Música de Llerena para el curso 2021-2022.
Tiempo de conservación de los datos: Durante el plazo de vigencia de este expediente. No obstante,
los datos serán conservados con fines de archivo de interés público o fines estadísticos.
Legitimación para el tratamiento de los datos: Ejercicio de los poderes públicos o competencias
propias.
Cesión a terceras personas: Los datos no serán cedidos a terceras personas ajenas al Ayuntamiento de
Llerena, salvo que deban ser comunicados a otras entidades públicas o instituciones por imperativo
legal.
Derechos: Derecho de acceso a sus datos, solicitar su rectificación o, en su caso, cancelación, oposición
o solicitar su supresión. Podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos o, en su caso,
oponerse al tratamiento de los mismos. Para ejercer los expresados derechos podrá hacerlo a través
de la sede electrónica del Ayuntamiento de Llerena.
7.- Referencias de género.
Todas las referencias contenidas en las presentes bases que se efectúan en género masculino, se entenderán
hechas indistintamente en género femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso
generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística."
____________
ANEXO I
SOLICITUD
D./D.ª ____________, mayor de edad, con DNI número ____________, en mi propio nombre y derecho o en representación de
____________, domicilio en calle ____________, número ____________, piso ____________, ciudad ____________, código postal
____________, y teléfono: ____________.
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