Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04418/2021)
Aprobación definitiva del presupuesto general para 2021
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 4418/2021
Orden HAP/419/2014; Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera;
Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre, por la que se modifica la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la
que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,
de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
6. El Alcalde-Presidente de la Corporación cuidará de la ejecución de este Presupuesto y de que se observe y cumpla
por las Áreas y Servicios correspondientes, con arreglo a las disposiciones legales vigentes, a los acuerdos adoptados
o que se puedan adoptar, a las disposiciones de las Ordenanzas de los diferentes recursos y a las presentes Bases de
Ejecución.
7. Se faculta a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación para emitir Circulares y, a la Intervención a dar las
Instrucciones que sean precisas, todas ellas dirigidas a complementar, interpretar, aclarar y coordinar toda actuación
relativa a la gestión presupuestaria, tanto en su vertiente de ingresos como de gastos.
Base 2 Principios generales.
1. Principio de anualidad. El presupuesto de esta entidad tiene un período de vigencia establecido del año natural, y los
créditos deben gastarse dentro del mismo, no pudiéndose reconocer obligaciones con cargo a los créditos del presupuesto
que no se refieran a obras, servicios, suministros o gastos en general que hayan sido ejecutados o cumplidos en año natural
distinto del de la vigencia del presupuesto.
2. Principio de estabilidad presupuestaria. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones
que afecten a los gastos o ingresos de esta Entidad,se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la
normativa europea.
3. Principio de sostenibilidad financiera. Las actuaciones de esta Entidad estarán sujetas al principio de sostenibilidad
financiera definido en el artículo 4 Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
4. Principio de plurianualidad. La elaboración de los Presupuestos de esta Entidad se encuadrará dentro de un plan
presupuestario a medio plazo, compatible con el principio de anualidad por el que se rigen la aprobación y ejecución de los
Presupuestos, de conformidad con la normativa europea.
5. Principio de transparencia. La contabilidad de esta Entidad, así como sus Presupuestos y liquidaciones, deberán contener
información suficiente y adecuada que permita verificar su situación financiera, el cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera y la observancia de los requerimientos acordados en la normativa
europea en esta materia.
6. Principio de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Las políticas de gasto público de este
Ayuntamiento deberán encuadrarse en un marco de planificación plurianual y de programación y presupuestación,
atendiendo a la situación económica, a los objetivos de política económica y al cumplimiento de los principios de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera.
La gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la eficiencia, la economía y la calidad, a cuyo fin se
aplicarán políticas de racionalización del gasto y de mejora de la gestión del sector público.
Las disposiciones legales y reglamentarias, en su fase de elaboración y aprobación, los actos administrativos, los contratos y
los convenios de colaboración, así como cualquier otra actuación de este Ayuntamiento que afecten a los gastos o ingresos
públicos presentes o futuros, deberán valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse de forma estricta al cumplimiento
de las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
TÍTULO I. DEL PRESUPUESTO Y SUS MODIFICACIONES
CAPÍTULO I CONTENIDO
Base 3. Contenido y estructura resupuestaria.
1. El Presupuesto General del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros para el ejercicio económico de 2021, es el
Presupuesto único de esta Entidad Local y de sus Organismos Autónomos dependientes.
Entidad
Estado de gastos
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
7.972.615,25
Estado de ingresos
7.972.615,25
1. La estructura presupuestaria para este ejercicio se adapta a la establecida por la Orden EHA/3565/2008 de 3 de
diciembre de 2008 del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 45
Anuncio 4418/2021
Orden HAP/419/2014; Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera;
Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre, por la que se modifica la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la
que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,
de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
6. El Alcalde-Presidente de la Corporación cuidará de la ejecución de este Presupuesto y de que se observe y cumpla
por las Áreas y Servicios correspondientes, con arreglo a las disposiciones legales vigentes, a los acuerdos adoptados
o que se puedan adoptar, a las disposiciones de las Ordenanzas de los diferentes recursos y a las presentes Bases de
Ejecución.
7. Se faculta a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación para emitir Circulares y, a la Intervención a dar las
Instrucciones que sean precisas, todas ellas dirigidas a complementar, interpretar, aclarar y coordinar toda actuación
relativa a la gestión presupuestaria, tanto en su vertiente de ingresos como de gastos.
Base 2 Principios generales.
1. Principio de anualidad. El presupuesto de esta entidad tiene un período de vigencia establecido del año natural, y los
créditos deben gastarse dentro del mismo, no pudiéndose reconocer obligaciones con cargo a los créditos del presupuesto
que no se refieran a obras, servicios, suministros o gastos en general que hayan sido ejecutados o cumplidos en año natural
distinto del de la vigencia del presupuesto.
2. Principio de estabilidad presupuestaria. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones
que afecten a los gastos o ingresos de esta Entidad,se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la
normativa europea.
3. Principio de sostenibilidad financiera. Las actuaciones de esta Entidad estarán sujetas al principio de sostenibilidad
financiera definido en el artículo 4 Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
4. Principio de plurianualidad. La elaboración de los Presupuestos de esta Entidad se encuadrará dentro de un plan
presupuestario a medio plazo, compatible con el principio de anualidad por el que se rigen la aprobación y ejecución de los
Presupuestos, de conformidad con la normativa europea.
5. Principio de transparencia. La contabilidad de esta Entidad, así como sus Presupuestos y liquidaciones, deberán contener
información suficiente y adecuada que permita verificar su situación financiera, el cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera y la observancia de los requerimientos acordados en la normativa
europea en esta materia.
6. Principio de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Las políticas de gasto público de este
Ayuntamiento deberán encuadrarse en un marco de planificación plurianual y de programación y presupuestación,
atendiendo a la situación económica, a los objetivos de política económica y al cumplimiento de los principios de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera.
La gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la eficiencia, la economía y la calidad, a cuyo fin se
aplicarán políticas de racionalización del gasto y de mejora de la gestión del sector público.
Las disposiciones legales y reglamentarias, en su fase de elaboración y aprobación, los actos administrativos, los contratos y
los convenios de colaboración, así como cualquier otra actuación de este Ayuntamiento que afecten a los gastos o ingresos
públicos presentes o futuros, deberán valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse de forma estricta al cumplimiento
de las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
TÍTULO I. DEL PRESUPUESTO Y SUS MODIFICACIONES
CAPÍTULO I CONTENIDO
Base 3. Contenido y estructura resupuestaria.
1. El Presupuesto General del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros para el ejercicio económico de 2021, es el
Presupuesto único de esta Entidad Local y de sus Organismos Autónomos dependientes.
Entidad
Estado de gastos
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
7.972.615,25
Estado de ingresos
7.972.615,25
1. La estructura presupuestaria para este ejercicio se adapta a la establecida por la Orden EHA/3565/2008 de 3 de
diciembre de 2008 del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 45