Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04341/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de organización y funcionamiento de la Escuela Profesional Dual "Redes de agua Campiña Sur"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Berlanga
Anuncio 4341/2021
disminución física, según lo establecido en la Ley.
f) A la garantía de sus derechos laborales de acuerdo con la legislación vigente.
g) Utilizar, con la debida corrección, las instalaciones, mobiliario y material del programa/proyecto.
h) Disponer de los utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas, conforme a las normas de
seguridad y salud laboral en el trabajo.
i) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad higiene en el trabajo.
j) A una evaluación continua y objetiva.
k) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
l) A participar en la organización del programa/proyecto a través de la formulación de sugerencias y
opiniones, bien de forma individual o colectiva.
m) A la percepción de la remuneración establecida por la normativa que resulte de aplicación.
n) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 9.- Deberes y responsabilidades de los alumnos/trabajadores. Prohibiciones.
1.- Los/as alumnos/as-trabajadores/as deberán de:
a) Asistir y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan, cumpliendo las
obligaciones establecidas para el desarrollo del programa/ proyecto conforme a las reglas de buena fe y
diligencia.
b) Realizar las tareas concretas que le sea encomendada bajo la dirección del equipo directivo-docente,
pudiendo ser adoptadas por referido equipo las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto
el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
c) Participar activamente y con una actitud adecuada en las clases teóricas complementarias de su formación
integral, cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por el equipo docente.
d) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en
todo momento de que de ellos depende la imagen que el programa/proyecto ofrece al municipio, su entorno
y ciudadanos (incluidos sus posibles empleadores futuros).
e) Respetar las normas internas y cumplir y obedecer las órdenes e instrucciones impartidas por el equipo
directivo-docente en el ejercicio de sus funciones, así como personas en quien estos deleguen.
f) Respetar la dignidad de cuantas personas forma parte del programa/proyecto, así como mantener una
actitud cívica en su comportamiento personal.
g) Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato no sexista y de corrección y
colaboración con ellos/as en el trabajo.
h) Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material tanto del programa/proyecto como de la
entidad promotora.
i) Hacerse responsables del vestuario, de los medios didácticos proporcionados y de las herramientas que les
sean entregadas para su trabajo, cuidándolas y guardándolas de modo conveniente y haciéndose cargo de su
reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso de los mismos, siempre que se demuestre la falta de
diligencia del alumno en tales circunstancias.
En este sentido, indicar que la ropa de trabajo proporcionada ha de ser utilizada únicamente en actividades
desarrolladas en el programa/proyecto y por personal perteneciente al mismo, por tanto, autorizado para
ello.
j) Es obligatorio el uso del vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluido el período de
descanso establecido.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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disminución física, según lo establecido en la Ley.
f) A la garantía de sus derechos laborales de acuerdo con la legislación vigente.
g) Utilizar, con la debida corrección, las instalaciones, mobiliario y material del programa/proyecto.
h) Disponer de los utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas, conforme a las normas de
seguridad y salud laboral en el trabajo.
i) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad higiene en el trabajo.
j) A una evaluación continua y objetiva.
k) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
l) A participar en la organización del programa/proyecto a través de la formulación de sugerencias y
opiniones, bien de forma individual o colectiva.
m) A la percepción de la remuneración establecida por la normativa que resulte de aplicación.
n) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 9.- Deberes y responsabilidades de los alumnos/trabajadores. Prohibiciones.
1.- Los/as alumnos/as-trabajadores/as deberán de:
a) Asistir y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan, cumpliendo las
obligaciones establecidas para el desarrollo del programa/ proyecto conforme a las reglas de buena fe y
diligencia.
b) Realizar las tareas concretas que le sea encomendada bajo la dirección del equipo directivo-docente,
pudiendo ser adoptadas por referido equipo las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto
el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
c) Participar activamente y con una actitud adecuada en las clases teóricas complementarias de su formación
integral, cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por el equipo docente.
d) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en
todo momento de que de ellos depende la imagen que el programa/proyecto ofrece al municipio, su entorno
y ciudadanos (incluidos sus posibles empleadores futuros).
e) Respetar las normas internas y cumplir y obedecer las órdenes e instrucciones impartidas por el equipo
directivo-docente en el ejercicio de sus funciones, así como personas en quien estos deleguen.
f) Respetar la dignidad de cuantas personas forma parte del programa/proyecto, así como mantener una
actitud cívica en su comportamiento personal.
g) Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato no sexista y de corrección y
colaboración con ellos/as en el trabajo.
h) Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material tanto del programa/proyecto como de la
entidad promotora.
i) Hacerse responsables del vestuario, de los medios didácticos proporcionados y de las herramientas que les
sean entregadas para su trabajo, cuidándolas y guardándolas de modo conveniente y haciéndose cargo de su
reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso de los mismos, siempre que se demuestre la falta de
diligencia del alumno en tales circunstancias.
En este sentido, indicar que la ropa de trabajo proporcionada ha de ser utilizada únicamente en actividades
desarrolladas en el programa/proyecto y por personal perteneciente al mismo, por tanto, autorizado para
ello.
j) Es obligatorio el uso del vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluido el período de
descanso establecido.
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