Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Deportes (Mérida). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04321/2021)
Extracto de las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses para el año 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Deportes
Anuncio 4321/2021
Las y los deportistas deben haber nacido en Mérida o estar inscritas en el padrón municipal, al menos
durante los 12 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP y hasta la fecha de la
resolución de las ayudas concedidas.
Las y los deportistas deben disponer de licencia en vigor por la federación deportiva correspondiente, al
menos desde el primer día del período de acreditación de méritos a tener en cuenta por la convocatoria, con
la que haya podido representar a la Comunidad Extremeña y a la Selección Española en el caso de que esta
persona sea seleccionada.
No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva,
calificada como grave o muy grave.
No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
Los méritos deportivos que obtendrán puntuación, serán los obtenidos desde el 1 de septiembre de 2020
hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP.
No deben tener deudas pendientes con las administraciones públicas (Seguridad Social, Hacienda Pública,
Junta de Extremadura y Ayuntamiento de Mérida). En caso de menores, este requisito deberá acreditarse para
toda la unidad familiar o quien ostente la tutela legal.
En caso de haber obtenido méritos en equipo, cada integrante del mismo deberá realizar una solicitud,
cumpliendo con todos los requisitos de esta convocatoria.
Tercera.- Cuantía y créditos presupuestarios.
La cuantía global de las ayudas a que se refiere la presente convocatoria no excederá de 60.000,00 € con
cargo a la partida número 3401-48000 (Ayudas al Deporte Base y Desplazamientos) del presupuesto del
ejercicio 2021, para hacer frente al gasto total que supone dicha convocatoria.
Cuarta.- Solicitudes y documentación a presentar y plazos.
1.- Deportistas mayores y menores de 18 años y para las Entidades Deportivas.
Las personas interesadas y entidades deportivas deberán presentar la solicitud oficial, a través de la
plataforma digital municipal (https://sede.merida.es/)
2.- Los documentos que han de acompañarse a las solicitudes, deberán ajustarse a los modelos previstos en
los correspondientes anexos que se incorporan a las presentes bases, y que se dispondrán en la página web
www.merida.es.
La solicitud y toda documentación anexa, deberá ser presentada en la plataforma Digital Municipal
"https://sede.merida.es/", o mediante cualquiera de las fórmulas contempladas en el artículo 16.4 de Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Quinta.- Líneas de ayudas.
Mediante la presente se convocan ayudas para las siguientes líneas de subvención:
Línea de entidades deportivas: Destinada a clubes deportivos que tengan la sede principal en Mérida o que
desarrollen su actividad principal en esta localidad. Dotación para 2021: Cuarenta mil euros (40.000,00).
Línea de deportistas masculinos: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas masculinos locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales Dotación para 2021: Diez mil euros (10.000,00 €).
Línea de deportistas femeninas: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas femeninas locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Las y los deportistas deben haber nacido en Mérida o estar inscritas en el padrón municipal, al menos
durante los 12 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP y hasta la fecha de la
resolución de las ayudas concedidas.
Las y los deportistas deben disponer de licencia en vigor por la federación deportiva correspondiente, al
menos desde el primer día del período de acreditación de méritos a tener en cuenta por la convocatoria, con
la que haya podido representar a la Comunidad Extremeña y a la Selección Española en el caso de que esta
persona sea seleccionada.
No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva,
calificada como grave o muy grave.
No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
Los méritos deportivos que obtendrán puntuación, serán los obtenidos desde el 1 de septiembre de 2020
hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP.
No deben tener deudas pendientes con las administraciones públicas (Seguridad Social, Hacienda Pública,
Junta de Extremadura y Ayuntamiento de Mérida). En caso de menores, este requisito deberá acreditarse para
toda la unidad familiar o quien ostente la tutela legal.
En caso de haber obtenido méritos en equipo, cada integrante del mismo deberá realizar una solicitud,
cumpliendo con todos los requisitos de esta convocatoria.
Tercera.- Cuantía y créditos presupuestarios.
La cuantía global de las ayudas a que se refiere la presente convocatoria no excederá de 60.000,00 € con
cargo a la partida número 3401-48000 (Ayudas al Deporte Base y Desplazamientos) del presupuesto del
ejercicio 2021, para hacer frente al gasto total que supone dicha convocatoria.
Cuarta.- Solicitudes y documentación a presentar y plazos.
1.- Deportistas mayores y menores de 18 años y para las Entidades Deportivas.
Las personas interesadas y entidades deportivas deberán presentar la solicitud oficial, a través de la
plataforma digital municipal (https://sede.merida.es/)
2.- Los documentos que han de acompañarse a las solicitudes, deberán ajustarse a los modelos previstos en
los correspondientes anexos que se incorporan a las presentes bases, y que se dispondrán en la página web
www.merida.es.
La solicitud y toda documentación anexa, deberá ser presentada en la plataforma Digital Municipal
"https://sede.merida.es/", o mediante cualquiera de las fórmulas contempladas en el artículo 16.4 de Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Quinta.- Líneas de ayudas.
Mediante la presente se convocan ayudas para las siguientes líneas de subvención:
Línea de entidades deportivas: Destinada a clubes deportivos que tengan la sede principal en Mérida o que
desarrollen su actividad principal en esta localidad. Dotación para 2021: Cuarenta mil euros (40.000,00).
Línea de deportistas masculinos: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas masculinos locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales Dotación para 2021: Diez mil euros (10.000,00 €).
Línea de deportistas femeninas: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas femeninas locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
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