Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Deportes (Mérida). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04321/2021)
Extracto de las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses para el año 2021
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Mérida (Badajoz)
Anuncio 4321/2021
Extracto de las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a deportistas y entidades
deportivas emeritenses para el año 2021

BASES REGULADORAS DE AYUDAS DESTINADAS A DEPORTISTAS Y ENTIDADES DEPORTIVAS EMERITENSES EN EL AÑO 2021
BDNS (Identif.): 585731
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/585731)

EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A DEPORTISTAS Y ENTIDADES
DEPORTIVAS EMERITENSES EN EL AÑO 2021
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente Orden, establecer las bases reguladoras que regirán las convocatorias de ayudas mediante
concurrencia competitiva, para el promover la practica del deporte base, fomentar el asociacionismo deportivo, potenciar la
actividad física deportiva en sus diferentes niveles o modalidades, y promover la mejora y perfeccionamiento de deportistas
locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales nacionales e internacionales de las
distintas modalidades deportivas reconocidas, tanto de deportes individuales como de equipo.
Segunda.- Deportistas y requisitos.
Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta Orden las personas o entidades deportivas, que reúnan
los siguientes requisitos en la fecha de presentación de las solicitudes:
Para entidades deportivas:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las entidades deportivas con sede en Mérida, que se encuentren
legalmente constituidas.
Las entidades deportivas deberán estar registradas en el Registro de Municipal de Asociaciones, al menos un
año antes de la publicación de estas bases.
Las entidades deben desarrollar principalmente su actividad en el municipio de Mérida.
Las entidades deben tener licencia deportiva extremeña como club, en el momento de obtener los resultados
alegados y mantenerla desde entonces. Excepcionalmente, se podrán atender las solicitudes de clubes que,
cumpliendo el resto de requisitos, no tengan licencia de una federación deportiva de Extremadura, siempre
que el club solicitante acredite la imposibilidad de obtener los resultados con licencia por una federación
deportiva extremeña. Dicha imposibilidad únicamente podrá ser acreditada atendiendo a unas circunstancias
deportivas, tales como la inexistencia de una federación deportiva extremeña que desarrolle la prueba a la
que se refieren los resultados.
No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
Los méritos deportivos que obtendrán puntuación, serán los obtenidos desde el 1 de septiembre de 2020
hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP.
Para deportistas:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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