Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Helechosa de los Montes. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (04286/2021)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de la Ordenanza municipal reguladora del uso de la sala velatorio
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Ayuntamiento de Helechosa de los Montes

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Helechosa de los Montes
Helechosa de los Montes (Badajoz)
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Aprobación definitiva del expediente de modificación de la Ordenanza municipal reguladora del uso de la sala velatorio

Acuerdo del Pleno de fecha 17 de junio de 2021del Ayuntamiento de Helechosa de los Montes por la que se aprueba
definitivamente expediente de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de aprobación Ordenanza municipal uso
sala velatorio.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de aprobación
Ordenanza municipal uso sala velatorio, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento
de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

«ACUERDO DEL PLENO
Primero.- Aprobar inicialmente la modificación (corrección) de la Ordenanza municipal reguladora del uso de
la sala velatorio según lo siguiente:
Donde dice: "Artículo 7. Cuota tributaria. La cuota tributaria de la tasa por prestación del servicio de la sala velatorio
municipal se determinará en función de la siguiente tarifa:
Por la utilización de la sala velatorio:
a) Si el fallecido/a está empadronado en la localidad (no asegurado): 250,00 euros por cada uso.
b) Si el fallecido/a no está empadronado en la localidad (no asegurado): 300,00 euros por cada
uso.
c) Compañías aseguradoras: 500,00 euros por cada uso."

Debe decir: "Artículo 7. Cuota tributaria. La cuota tributaria de la tasa por prestación del servicio de la sala velatorio
municipal es la siguiente:

Tarifa: 350,00 euros por cada uso".
Segundo.- Someter dicha modificación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los
interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el
plazo de 30 días para que puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones o sugerencias que
estimen oportunas, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias
en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el
Pleno. Simultáneamente, publicar el texto de la modificación de la Ordenanza municipal en la sede electrónica
de este Ayuntamiento [https://helechosadelosmontes.sedelectronica.es/info.0] con el objeto de dar audiencia
a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o
entidades.
Tercero.- Facultar al Alcaldesa para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este
asunto». Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º de
Alcaldesa, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se
expide la presente.».
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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