Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Deportes (Mérida). Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (04272/2021)
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses para el año 2021
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Deportes
Anuncio 4272/2021
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
OCTAVA.- LÍNEAS DE AYUDAS.
Mediante la presente se convocan ayudas para las siguientes líneas de subvención:
a) Línea de entidades deportivas: Destinada a clubes deportivos que tengan la sede principal en Mérida o que
desarrollen su actividad principal en esta localidad. Dotación para 2021: Cuarenta mil euros (40.000,00 €).
b) Línea de deportistas masculinos: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas masculinos locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales. Dotación para 2021: Diez mil euros (10.000,00 €).
c) Línea de deportistas femeninas: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas femeninas locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales. Dotación para 2021: Diez mil euros (10.000,00 €).
NOVENA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.
Para entidades deportivas.
La cuantía de las ayudas que se otorguen para las entidades deportivas se determinará, atendiendo a los criterios que a
continuación se especifican, con la ponderación que se detalla a continuación:
Entidades deportivas.
1. Por no tener cedido instalaciones municipales: 10 puntos.
2. Por trabajar con el deporte base: 15 puntos
3. Por cada licencia federativa menor de 18 años: 0,40 puntos.
4. Por cada licencia federativa femenina menor de 18 años: 1 punto.
5. Por cada licencia federativa mayor de 18 años: 0,10 puntos.
6. Por cada licencia federativa femenina mayor de 18 años: 0,50 puntos.
7. Por cada licencia federativa diversidad funcional: 2 puntos.
8. Participación como club en competición oficial (desde 1 de septiembre de 2020 hasta la publicación de la
convocatoria en el BOP).
1. Nivel Internacional (excepto máster): 20 puntos.
2. Nivel Nacional (sólo se valorará las competiciones oficiales denominadas nacionales que impliquen
viajes fuera de la Comunidad) (No se tendrá cuenta la competición máster): 10 puntos.
3. Nivel autonómico: 5 puntos.
9. Posición del club en competición Nacional o Internacional (desde 1 de septiembre de 2020 hasta la
publicación de la convocatoria en el BOP), se valorará solo la mejor posición del club por categoría.
1º 50 P
4º 25 P
7º 22 P
10 º 17 P
13º 14 P
16º 11 P
19º 8 P
2º 40 P
5º 24
8 º 20 P
11º 16 P
14º 13 P
17º 10 P
20º 7 P
3º 30 P
6º 23
9º 18 P
12º 15 P
15º 12 `P
18 9 P
10. Por cada año de antigüedad del club 0,10 puntos La fórmula de cálculo de la subvención es la siguiente:
Sn=40000 × Psn
ΣP
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
OCTAVA.- LÍNEAS DE AYUDAS.
Mediante la presente se convocan ayudas para las siguientes líneas de subvención:
a) Línea de entidades deportivas: Destinada a clubes deportivos que tengan la sede principal en Mérida o que
desarrollen su actividad principal en esta localidad. Dotación para 2021: Cuarenta mil euros (40.000,00 €).
b) Línea de deportistas masculinos: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas masculinos locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales. Dotación para 2021: Diez mil euros (10.000,00 €).
c) Línea de deportistas femeninas: Destinada al fomento, promoción, mejora y perfeccionamiento de
deportistas femeninas locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales. Dotación para 2021: Diez mil euros (10.000,00 €).
NOVENA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.
Para entidades deportivas.
La cuantía de las ayudas que se otorguen para las entidades deportivas se determinará, atendiendo a los criterios que a
continuación se especifican, con la ponderación que se detalla a continuación:
Entidades deportivas.
1. Por no tener cedido instalaciones municipales: 10 puntos.
2. Por trabajar con el deporte base: 15 puntos
3. Por cada licencia federativa menor de 18 años: 0,40 puntos.
4. Por cada licencia federativa femenina menor de 18 años: 1 punto.
5. Por cada licencia federativa mayor de 18 años: 0,10 puntos.
6. Por cada licencia federativa femenina mayor de 18 años: 0,50 puntos.
7. Por cada licencia federativa diversidad funcional: 2 puntos.
8. Participación como club en competición oficial (desde 1 de septiembre de 2020 hasta la publicación de la
convocatoria en el BOP).
1. Nivel Internacional (excepto máster): 20 puntos.
2. Nivel Nacional (sólo se valorará las competiciones oficiales denominadas nacionales que impliquen
viajes fuera de la Comunidad) (No se tendrá cuenta la competición máster): 10 puntos.
3. Nivel autonómico: 5 puntos.
9. Posición del club en competición Nacional o Internacional (desde 1 de septiembre de 2020 hasta la
publicación de la convocatoria en el BOP), se valorará solo la mejor posición del club por categoría.
1º 50 P
4º 25 P
7º 22 P
10 º 17 P
13º 14 P
16º 11 P
19º 8 P
2º 40 P
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8 º 20 P
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17º 10 P
20º 7 P
3º 30 P
6º 23
9º 18 P
12º 15 P
15º 12 `P
18 9 P
10. Por cada año de antigüedad del club 0,10 puntos La fórmula de cálculo de la subvención es la siguiente:
Sn=40000 × Psn
ΣP
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www.dip-badajoz.es/bop
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