Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (04222/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores para la realización de acciones para el control de mosquitos en la zona de las Vegas Altas del Guadiana 2021
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
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de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d. En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de
beneficiario, se considerará que los beneficiarios o las entidades colaboradoras se encuentran al corriente el
pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración
concedente por reintegros de subvenciones en período ejecutivo o, en el caso de beneficiarios contra los que
no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en periodo voluntario. Asimismo, se
considerará que los beneficiarios y entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el pago de las
obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera
acordado la suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
BASE 4. SOLICITUDES.
El plazo para presentar la solicitud será de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La solicitud, acompañada del resto de documentación, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán a través de medios electrónicos mediante la
presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes bases. La
presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días
del plazo establecido.
Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica mediante su presentación a través del Registro
Electrónico ubicado en la página principal de Diputación de Badajoz en la dirección electrónica que a continuación se
describe así como a través de cualquier otro medio electrónico habilitado:
https://sede.dip-badajoz.es/
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por la
Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico en el BOP número 9, del 15 de enero de 2021, y todos
los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación
de las copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
Igualmente se podrá hacer uso, para la presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de aquellas
aplicaciones informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención
por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse. Se deberá
presentar la siguiente documentación:
Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I firmada por el representante legal de la entidad.
Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad local, que deberá ser ejecutado antes del 30 de septiembre de 2021,
y con la duración que se estipule en el mismo.
Todos los anexos se podrán descargar en las siguientes direcciones web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d. En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de
beneficiario, se considerará que los beneficiarios o las entidades colaboradoras se encuentran al corriente el
pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración
concedente por reintegros de subvenciones en período ejecutivo o, en el caso de beneficiarios contra los que
no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en periodo voluntario. Asimismo, se
considerará que los beneficiarios y entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el pago de las
obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera
acordado la suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
BASE 4. SOLICITUDES.
El plazo para presentar la solicitud será de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La solicitud, acompañada del resto de documentación, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán a través de medios electrónicos mediante la
presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes bases. La
presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días
del plazo establecido.
Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica mediante su presentación a través del Registro
Electrónico ubicado en la página principal de Diputación de Badajoz en la dirección electrónica que a continuación se
describe así como a través de cualquier otro medio electrónico habilitado:
https://sede.dip-badajoz.es/
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por la
Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico en el BOP número 9, del 15 de enero de 2021, y todos
los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación
de las copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
Igualmente se podrá hacer uso, para la presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de aquellas
aplicaciones informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención
por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse. Se deberá
presentar la siguiente documentación:
Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I firmada por el representante legal de la entidad.
Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad local, que deberá ser ejecutado antes del 30 de septiembre de 2021,
y con la duración que se estipule en el mismo.
Todos los anexos se podrán descargar en las siguientes direcciones web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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