Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04233/2021)
Bases de la convocatoria para el acceso a dos plazas de Agente de la Policía Local
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 4233/2021
que renuncia a la plaza. En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de
la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de
opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras
Administraciones Públicas, en el que viniera desempeñando. En el acto de toma de posesión se deberá prestar juramento o
promesa de acuerdo con la fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
DECIMOCUARTA.- IGUALDAD DE GÉNERO.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases así como cualesquiera otras menciones que en las mismas se
expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino,
según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
DECIMOQUINTA.- CUMPLIMIENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
El presente proceso selectivo está regido por el principio de publicidad por lo que la participación en el mismo supone la
aceptación por parte de las personas aspirantes del tratamiento de sus datos de carácter personal que se faciliten en su
solicitud, para las publicaciones en boletines oficiales, tablones de anuncios, página web y otros medios de difusión de los
resultados parciales y definitivos del proceso selectivo.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, los datos de carácter personal obtenidos en
la solicitud de participación en el presente proceso selectivo serán recogidos en el fichero con la denominación "Solicitantes
de empleo y oposiciones", que es responsabilidad del Ayuntamiento de Azuaga y ha sido notificado a la Agencia Española de
Protección de Datos.
En cualquier caso, la suscripción de la solicitud implica que la persona solicitante resulta informada y da su consentimiento
al tratamiento de sus datos para la finalidad mencionada.
Los interesados pueden acceder a los datos facilitados, así como de solicitar, en su caso, su rectificación, supresión,
limitación del tratamiento, portabilidad y oposición al tratamiento de los datos, así como cualesquiera otros derechos que
les correspondan, en los términos establecidos por la Ley indicada, dirigiendo una comunicación escrita a la Alcaldía del
Ayuntamiento de Azuaga, a la dirección Plaza de la Merced, 1, de Azuaga (CP 06920), con los siguientes datos: Nombre y
apellidos, domicilio a efectos de notificaciones, petición en que se concreta la solicitud, fecha, firma de la persona interesada
y nombre del fichero. Para su comodidad, puede ejercer estos mismos derechos a través de la sede electrónica
sede.azuaga.es.
Por otra parte, el personal solicitante manifestará que la información facilitada es cierta y que no ha sido omitida o alterada
ninguna información que pudiera ser desfavorable para la misma, quedando informada de que la falsedad u omisión de
algún dato supondrá la imposibilidad de prestar correctamente el servicio.
DECIMOSEXTA.- INCIDENCIAS E IMPUGNACIÓN.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden de la oposición.
Las presentes bases están a disposición de la parte interesada para su consulta en la página web www.azuaga.es. Contra las
presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente:
- Recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
- Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, o, a su
elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Extremadura, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
- Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
____________
ANEXO I:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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que renuncia a la plaza. En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de
la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de
opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras
Administraciones Públicas, en el que viniera desempeñando. En el acto de toma de posesión se deberá prestar juramento o
promesa de acuerdo con la fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
DECIMOCUARTA.- IGUALDAD DE GÉNERO.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases así como cualesquiera otras menciones que en las mismas se
expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino,
según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
DECIMOQUINTA.- CUMPLIMIENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
El presente proceso selectivo está regido por el principio de publicidad por lo que la participación en el mismo supone la
aceptación por parte de las personas aspirantes del tratamiento de sus datos de carácter personal que se faciliten en su
solicitud, para las publicaciones en boletines oficiales, tablones de anuncios, página web y otros medios de difusión de los
resultados parciales y definitivos del proceso selectivo.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, los datos de carácter personal obtenidos en
la solicitud de participación en el presente proceso selectivo serán recogidos en el fichero con la denominación "Solicitantes
de empleo y oposiciones", que es responsabilidad del Ayuntamiento de Azuaga y ha sido notificado a la Agencia Española de
Protección de Datos.
En cualquier caso, la suscripción de la solicitud implica que la persona solicitante resulta informada y da su consentimiento
al tratamiento de sus datos para la finalidad mencionada.
Los interesados pueden acceder a los datos facilitados, así como de solicitar, en su caso, su rectificación, supresión,
limitación del tratamiento, portabilidad y oposición al tratamiento de los datos, así como cualesquiera otros derechos que
les correspondan, en los términos establecidos por la Ley indicada, dirigiendo una comunicación escrita a la Alcaldía del
Ayuntamiento de Azuaga, a la dirección Plaza de la Merced, 1, de Azuaga (CP 06920), con los siguientes datos: Nombre y
apellidos, domicilio a efectos de notificaciones, petición en que se concreta la solicitud, fecha, firma de la persona interesada
y nombre del fichero. Para su comodidad, puede ejercer estos mismos derechos a través de la sede electrónica
sede.azuaga.es.
Por otra parte, el personal solicitante manifestará que la información facilitada es cierta y que no ha sido omitida o alterada
ninguna información que pudiera ser desfavorable para la misma, quedando informada de que la falsedad u omisión de
algún dato supondrá la imposibilidad de prestar correctamente el servicio.
DECIMOSEXTA.- INCIDENCIAS E IMPUGNACIÓN.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden de la oposición.
Las presentes bases están a disposición de la parte interesada para su consulta en la página web www.azuaga.es. Contra las
presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente:
- Recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
- Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, o, a su
elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Extremadura, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
- Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
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ANEXO I:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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