Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villalba de los Barros. (04220/2021)
Convocatoria de subvenciones contenidas en las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a empresas del municipio de Villalba de los Barros para atenuar el impacto económico del COVID-19
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Ayuntamiento de Villalba de los Barros

Anuncio 4220/2021

1. Período subvencinable: Los gastos subvencionables comprenderán todos aquellos soportados en el
periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 9 de mayo de 2021. En su caso, los gastos se
prorratearán al citado periodo.
2. Gastos subvencionables: Serán objeto de subvención los siguientes gastos vinculados directamente a las
actividades empresariales y dentro del periodo subvencionable.
2.1. Gastos de seguros vinculados a la actividad empresarial.
Seguros sobre los bienes afectos a la actividad empresarial a desarrollar o por
responsabilidad civil de la empresa.
Seguro de accidente del vehículo de uso comercial. Con respecto al seguro del vehículo,
sólo será subvencionable el seguro de vehículos de uso comercial, siempre que tal uso
aparezca reflejado en el permiso de circulación y/o ficha de inspección técnica, que
deberá presentar el interesado.
Al tratarse de gastos abonados de forma anticipada se tendrá en cuenta su prorrateo en meses
dentro del periodo subvencionable.
2.2. Gastos por licencias de uso de herramientas y/o aplicativos informáticos para el impulso y
desarrollo del teletrabajo o el comercio electrónico por internet vinculados a la actividad
empresarial. Gastos por el diseño Web de página destinada a la promoción comercial y/o venta
de productos, gastos de dominio, actualización, mantenimiento y revisión de dicha web, así
como actualización de la presencia de la empresa en redes sociales y plataformas de comercio
electrónico. Si se trata de gastos abonados de forma anticipada se tendrá en cuenta su
prorrateo en meses dentro del periodo subvencionable.
2.3. Adquisiciones de material fungible destinados a los equipo de protección individual o la
adopción de medidas higiénico sanitarias tendentes a combatir la propagación o el contagio
por el COVID-19. Entre otros gastos en mascarillas, protección ocular anti-salpicaduras, batas
resistentes a líquidos y guantes desechables, etc.
2.4. Gastos en suministros de energía eléctrica, combustible y comunicaciones (internet,
teléfono, etc.): Vinculados al local comercial donde se desarrolla la actividad.
2.5. Gastos en concepto de arrendamiento del local comercial: Los requisitos específicos de los
locales.
Que el local en el que se desarrolle la actividad comercial sean establecimientos fijos y
localizados en el término municipal de Villalba de los Barros.
Los locales comerciales deberán estar ocupados en régimen de arrendamiento en virtud de un
contrato de arrendamiento con una duración mínima de un año y disponer de la licencia de
actividad, comunicación o autorización que corresponda en cada caso.
2.6. Intereses de préstamos hipotecarios de inmuebles vinculados a la actividad empresarial:
Intereses pagados a entidades bancarias por la adquisición de un local donde se ejerce la
actividad principal. Debe disponer de la licencia de actividad, comunicación o autorización que
corresponda en cada caso.
Todos los gastos para tener la condición de subvencionables deberán, de manera indubitada,
responder a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada y estar expedidos y pagados a
nombre de la persona o entidad beneficiaria de la subvención.
Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado por el beneficiario con
anterioridad a la presentación de la justificación de la subvención.
2.7. Intereses de préstamos para activo circulante: Intereses pagados a entidades bancarias por
la concertación de préstamos para activo circulante concertados con anterioridad al 9/3/2020.
2.8. Gastos de gestión y asesoramiento: gestión administrativa (laboral, seguridad social,
tributos, etc.) y asesoramiento jurídico, económico y contable.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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