Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. (04217/2021)
Aprobación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual Nuestra Señora de Perales II
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván
Anuncio 4217/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Arroyo de San Serván
Arroyo de San Serván (Badajoz)
Anuncio 4217/2021
Aprobación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual Nuestra Señora de Perales II
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván, en sesión celebrada con fecha de 9 de agosto de 2021, por
unanimidad de los miembros asistentes, adoptó el siguiente acuerdo:
Tercero.- Aprobación si procede del "Reglamento de régimen interno Escuela Profesional Dual "Nuestra Señora de Perales II.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
ESCUELA PROFESIONAL DUAL "NUESTRA SEÑORA DE PERALES II"
NORMAS DE CONDUCTAS Y CONVIVENCIA LABORAL
PREÁMBULO
El presente Reglamento define la finalidad y los objetivos del proyecto formativo Escuela Profesional Dual "Nuestra Señora
de Perales II", dependiente del Ayuntamiento de Arroyo de San Serván por el que se regulan las pautas de comportamiento
de las personas que forman parte de este programa mixto de formación y empleo.
Con la divulgación del presente documento, entendido siempre como una propuesta de mínimos, se pretende conseguir la
interiorización de unas normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de
quienes integran el proyecto.
Fuentes: Las presentes normas que rigen el funcionamiento laboral de los programas Escuelas Profesionales Duales, están
basadas en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y la Orden 26 de
noviembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la
financiación del programa de escuelas profesionales duales de empleo de Extremadura.
FUNDAMENTOS
Los programas de Escuelas Profesionales Duales se configuran como una de las acciones más eficaces en la mejora de la
ocupabilidad de las personas desempleadas consiguiendo un alto porcentaje de inserción en el mercado de trabajo.
El Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura consiste en el desarrollo de proyectos que
combinan el aprendizaje y la cualificación con el trabajo efectivo en actividades de utilidad pública o interés social, junto a la
adquisición de competencias básicas y genéricas, para la mejora de la empleabilidad de las personas participantes, a través
de la profesionalización, el acompañamiento y la adquisición de experiencia, con el objetivo último de facilitar su inserción
laboral.
Los proyectos tendrán una duración de doce meses, en la que el alumnado trabajador estará contratado por la entidad
promotora en la modalidad del contrato para la formación y aprendizaje. Los proyectos deberán contar con el compromiso
de contratación por empresas privadas (a estos efectos no se considerarán como tales a las asociaciones y entidades sin
ánimo de lucro), personas autónomas o profesionales colegiados en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de
Extremadura de, al menos, el 40% de las personas participantes, en cada una de las especialidades del proyecto.
1. Ámbito de aplicación.
Las normas recogidas en el presente documento, serán de aplicación a la totalidad del personal integrante del proyecto
formativo Escuela Profesional Dual "Nuestra Señora de Perales II", alumnos/as-trabajadores/as, docentes y equipo directivo,
y estará vigente durante todo el periodo formativo, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula los
programas, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y demás legislación
aplicable.
Su efectividad se hará extensiva tanto a la fase de formación como a la/s sucesiva/s de formación en alternancia con
empleo, al entender que la adopción de un marco normativo disciplinario desde el inicio del proceso formativo posibilita el
eficaz funcionamiento del programa así como de los distintos talleres.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván, en sesión celebrada con fecha de 9 de agosto de 2021, por
unanimidad de los miembros asistentes, adoptó el siguiente acuerdo:
Tercero.- Aprobación si procede del "Reglamento de régimen interno Escuela Profesional Dual "Nuestra Señora de Perales II.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
ESCUELA PROFESIONAL DUAL "NUESTRA SEÑORA DE PERALES II"
NORMAS DE CONDUCTAS Y CONVIVENCIA LABORAL
PREÁMBULO
El presente Reglamento define la finalidad y los objetivos del proyecto formativo Escuela Profesional Dual "Nuestra Señora
de Perales II", dependiente del Ayuntamiento de Arroyo de San Serván por el que se regulan las pautas de comportamiento
de las personas que forman parte de este programa mixto de formación y empleo.
Con la divulgación del presente documento, entendido siempre como una propuesta de mínimos, se pretende conseguir la
interiorización de unas normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de
quienes integran el proyecto.
Fuentes: Las presentes normas que rigen el funcionamiento laboral de los programas Escuelas Profesionales Duales, están
basadas en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y la Orden 26 de
noviembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la
financiación del programa de escuelas profesionales duales de empleo de Extremadura.
FUNDAMENTOS
Los programas de Escuelas Profesionales Duales se configuran como una de las acciones más eficaces en la mejora de la
ocupabilidad de las personas desempleadas consiguiendo un alto porcentaje de inserción en el mercado de trabajo.
El Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura consiste en el desarrollo de proyectos que
combinan el aprendizaje y la cualificación con el trabajo efectivo en actividades de utilidad pública o interés social, junto a la
adquisición de competencias básicas y genéricas, para la mejora de la empleabilidad de las personas participantes, a través
de la profesionalización, el acompañamiento y la adquisición de experiencia, con el objetivo último de facilitar su inserción
laboral.
Los proyectos tendrán una duración de doce meses, en la que el alumnado trabajador estará contratado por la entidad
promotora en la modalidad del contrato para la formación y aprendizaje. Los proyectos deberán contar con el compromiso
de contratación por empresas privadas (a estos efectos no se considerarán como tales a las asociaciones y entidades sin
ánimo de lucro), personas autónomas o profesionales colegiados en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de
Extremadura de, al menos, el 40% de las personas participantes, en cada una de las especialidades del proyecto.
1. Ámbito de aplicación.
Las normas recogidas en el presente documento, serán de aplicación a la totalidad del personal integrante del proyecto
formativo Escuela Profesional Dual "Nuestra Señora de Perales II", alumnos/as-trabajadores/as, docentes y equipo directivo,
y estará vigente durante todo el periodo formativo, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula los
programas, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y demás legislación
aplicable.
Su efectividad se hará extensiva tanto a la fase de formación como a la/s sucesiva/s de formación en alternancia con
empleo, al entender que la adopción de un marco normativo disciplinario desde el inicio del proceso formativo posibilita el
eficaz funcionamiento del programa así como de los distintos talleres.
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