Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragosa de Lares. Recursos Humanos (Badajoz). (04142/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interior del centro residencial mixto y centro de día de Esparragosa de Lares
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Esparragosa de Lares
Anuncio 4142/2021
el primer informe.
- Resolución del SEPAD sobre grado de dependencia reconocido en caso de tenerlo.
III.- Para las admisiones en el "centro de atención diurna":
- Declaración de la renta o documento justificativos de los ingresos que el titular percibe.
- Solicitud de inscripción para este servicio.
- Documento que acredite el grado de dependencia o en su defecto declaración responsable de
carecer de dicho grado.
La carencia total o parcial de la documentación antes señalada, o cualquier otro defecto normal que afectara
a la solicitud de ingreso, será puesta en conocimiento del interesado para su subsanación en el plazo de 10
días hábiles, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición archivándose
su solicitud sin más trámite.
Para las plazas descritas, el Trabajador/a Social del municipio de procedencia del solicitante emitirá informe
social cuando en los servicios sociales del municipio de Esparragosa de Lares se desconozca la historia social
actualizada del solicitante. Para dicho informe, el profesional de referencia solicitará al demandante toda
aquella documentación que resulte necesaria para determinar su situación y grado de necesidad.
Las personas admitidas para su ingreso en el centro residencial mixto serán inscritas obligatoriamente en el
libro registro oficial, y se les abrirá la ficha socio-sanitaria, que se cumplimentarán con los requisitos e
información requerida por la Consejería competente de la Junta de Extremadura.
4.- Ocupación de la plaza.
La ocupación de la plaza concedida se efectuará en el plazo de los quince días naturales siguientes a la recepción de la
notificación de la plaza adjudicada. Concluido este plazo sin producirse la incorporación, se entenderá por decaído en los
derechos de admisión e ingreso, por lo que el Ayuntamiento de Esparragosa de Lares dispondrá libremente de la plaza.
Si el solicitante no pudiera, por causa justificada, efectuar su ingreso en el plazo antes establecido (15 días), deberá ingresar
en concepto de reserva de plaza una cantidad que será fijada por la Comisión, en función del período de dicha prórroga.
El nuevo residente formalizará un contrato de ingreso en el que figurará la aceptación expresa de las normas reguladoras de
la organización y funcionamiento del mismo, de sus derechos y obligaciones y las condiciones económicas derivadas de su
condición de residente. En el caso de que el futuro residente no pueda firmar el contrato de admisión, lo hará su
representante.
Artículo 6.- Utilización instalaciones por otras personas.
Podrán ser utilizadas las instalaciones por otras personas mayores o familiares de los residentes, siempre que no molesten
al resto, si bien tendrán derecho preferente los mayores alojados.
TÍTULO SEGUNDO:
DERECHOS Y DEBERES DE LOS RESIDENTES Y USUARIOS DEL CENTRO RESIDENCIAL MIXTO Y CENTRO DE DÍA DE
ESPARRAGOSA DE LARES.
Artículo 7.- Derechos de los residentes.
Las personas residentes en el centro tendrán los siguientes derechos:
- Alojamiento digno: Utilización de la habitación asignada y uso de las zonas y servicios comunes en los
términos autorizados.
- Manutención adecuada a su edad: Desayuno, comida, merienda, cena. El menú será común salvo para
aquellas personas que por prescripción médica necesiten un régimen de comidas determinado.
- Utilización de los servicios y dependencias comunes del centro, de acuerdo con las características de las
mismas y con el mismo derecho de otros residentes a dicha utilización.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 17
Anuncio 4142/2021
el primer informe.
- Resolución del SEPAD sobre grado de dependencia reconocido en caso de tenerlo.
III.- Para las admisiones en el "centro de atención diurna":
- Declaración de la renta o documento justificativos de los ingresos que el titular percibe.
- Solicitud de inscripción para este servicio.
- Documento que acredite el grado de dependencia o en su defecto declaración responsable de
carecer de dicho grado.
La carencia total o parcial de la documentación antes señalada, o cualquier otro defecto normal que afectara
a la solicitud de ingreso, será puesta en conocimiento del interesado para su subsanación en el plazo de 10
días hábiles, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición archivándose
su solicitud sin más trámite.
Para las plazas descritas, el Trabajador/a Social del municipio de procedencia del solicitante emitirá informe
social cuando en los servicios sociales del municipio de Esparragosa de Lares se desconozca la historia social
actualizada del solicitante. Para dicho informe, el profesional de referencia solicitará al demandante toda
aquella documentación que resulte necesaria para determinar su situación y grado de necesidad.
Las personas admitidas para su ingreso en el centro residencial mixto serán inscritas obligatoriamente en el
libro registro oficial, y se les abrirá la ficha socio-sanitaria, que se cumplimentarán con los requisitos e
información requerida por la Consejería competente de la Junta de Extremadura.
4.- Ocupación de la plaza.
La ocupación de la plaza concedida se efectuará en el plazo de los quince días naturales siguientes a la recepción de la
notificación de la plaza adjudicada. Concluido este plazo sin producirse la incorporación, se entenderá por decaído en los
derechos de admisión e ingreso, por lo que el Ayuntamiento de Esparragosa de Lares dispondrá libremente de la plaza.
Si el solicitante no pudiera, por causa justificada, efectuar su ingreso en el plazo antes establecido (15 días), deberá ingresar
en concepto de reserva de plaza una cantidad que será fijada por la Comisión, en función del período de dicha prórroga.
El nuevo residente formalizará un contrato de ingreso en el que figurará la aceptación expresa de las normas reguladoras de
la organización y funcionamiento del mismo, de sus derechos y obligaciones y las condiciones económicas derivadas de su
condición de residente. En el caso de que el futuro residente no pueda firmar el contrato de admisión, lo hará su
representante.
Artículo 6.- Utilización instalaciones por otras personas.
Podrán ser utilizadas las instalaciones por otras personas mayores o familiares de los residentes, siempre que no molesten
al resto, si bien tendrán derecho preferente los mayores alojados.
TÍTULO SEGUNDO:
DERECHOS Y DEBERES DE LOS RESIDENTES Y USUARIOS DEL CENTRO RESIDENCIAL MIXTO Y CENTRO DE DÍA DE
ESPARRAGOSA DE LARES.
Artículo 7.- Derechos de los residentes.
Las personas residentes en el centro tendrán los siguientes derechos:
- Alojamiento digno: Utilización de la habitación asignada y uso de las zonas y servicios comunes en los
términos autorizados.
- Manutención adecuada a su edad: Desayuno, comida, merienda, cena. El menú será común salvo para
aquellas personas que por prescripción médica necesiten un régimen de comidas determinado.
- Utilización de los servicios y dependencias comunes del centro, de acuerdo con las características de las
mismas y con el mismo derecho de otros residentes a dicha utilización.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 17