Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Recursos Humanos (Badajoz). (04131/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la gestión y recogida de restos de poda, hierba, césped y asimilados del municipio de Burguillos del Cerro
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

Anuncio 4131/2021

Residuos de poda y jardinería. Se considera residuos de poda y jardinería, residuos como restos de poda, hojarasca, siega de
herbáceas, recorte de setos y arbustos que provengan del mantenimiento y conservación de jardines y zonas ajardinadas,
incluidas en suelo urbano o urbanizable del municipio.
Artículo 5. Servicio de recogida.
La recogida de residuos de poda y jardinería será realizada mediante el sistema de entrega directa. El usuario traslada
directamente a la planta municipal de reciclado de restos vegetales, los residuos de poda y jardinería en su propio vehículo o
en contenedor alquilado a terceras empresas.
Solicitud del servicio: El usuario deberá solicitar telefónicamente al Ayuntamiento o a la empresa adjudicataria el servicio de
entrega directa de residuos. El operario municipal o de la empresa adjudicataria indicará el horario de apertura de la planta
municipal, donde el usuario trasladará, en su vehículo o contenedor de empresa dedicada al servicio de transportes, los
residuos de poda y jardinería y los descargará en el lugar indicado por el operario.
Precio por Tan: Para obtener el peso real de residuos, se pesará el vehículo en báscula municipal con la carga y si la carga,
obteniéndose el peso.
El precio fijado para la tonelada será de 106,00 euros y para el kilogramo de 0,106 euros.
Se pueden depositar en la planta municipal: Césped y restos de siega, hojas, flores, restos de podas de árboles, arbustos y
rosales, raíces y similares.
Residuos de poda y jardinería producidos por el propio Ayuntamiento. Cuando el servicio sea gestionado a través de
empresa adjudicataria, el precio del Tm llevará un descuento mínimo del 20%.
4.- Incremento de precios.- Anualmente, los precios indicados sufrirán el mismo incremento que el IPC.
Artículo 6. Finalidad de los restos vegetales.
Una vez recogidos los residuos, se procederá a depositar en la compostera los restos de césped, hojarasca o similares. Los
restos de poda se triturarán aprovechando para leña de calefacción todas las ramas de diámetro superior a 10 cm. La astilla
y serrín producidos también podrán comercializarse para usos en jardines, ganadería, etc.
Periódicamente se procederá al traslado a planta autorizada de biomasa o de reciclaje de aquellos residuos que no se hayan
podido vender al público como enmienda orgánica, leña de calefacción, etc.
Artículo 7. Obligación de cumplimiento y vigilancia.
Todos los ciudadanos están obligados al cumplimiento puntual de la presente Ordenanza y de las disposiciones
complementarias que en las materias recogidas en esta Ordenanza dicte en cualquier momento la Alcaldía u órgano
competente en el ejercicio de sus facultades.
Asimismo, en cumplimiento del deber cívico, cualquier ciudadano podrá denunciar a la autoridad municipal las infracciones
que presencie o de las que tenga conocimiento cierto, obligándose el Ayuntamiento a atender las reclamaciones, denuncias
y sugerencias de los ciudadanos, mediante el ejercicio de las acciones que en cada caso correspondan.
Artículo 8. Prohibiciones.
Se prohíbe depositar cualquier resto vegetal en la vía pública, cualquier otro contenedor o lugar, que no sea el habilitado
para ello.
Artículo 9. Derechos de los productores o poseedores de residuos urbanos.
Los poseedores o productores de restos vegetales regulados en la presente Ordenanza tienen derecho a:
1.- Recibir la prestación del servicio de recogida de los restos vegetales en los términos establecidos en la
presente Ordenanza.
2.- Conocer los horarios, frecuencia y condiciones del servicio de recogida de los restos vegetales.
3.- Realizar solicitudes, reclamaciones, sugerencias, etc., al Ayuntamiento en relación a la prestación del
servicio.
4.- Denunciar aquellas infracciones de las que tenga conocimiento ante los servicios municipales
competentes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 6