Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (04090/2021)
Bases de concesión de subvenciones a empresas y autónomos/as cuya actividad esté destinada a instalación de puestos y demás aparatos relacionados con ferias del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra con motivos de la crisis del COVID-19
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

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plazo y estudiadas las alegaciones y reformulaciones presentadas se formulará propuesta de resolución
definitiva por el órgano colegiado a través del órgano instructor, o bien se elevará automáticamente la
propuesta provisional a definitiva de no existir alegaciones o reformulaciones.
La propuesta de resolución definitiva deberá contener:

- La relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención.
- La cuantía de la subvención.
Informadas y valoradas las solicitudes, de acuerdo con las normas que regulan la ejecución del presupuesto y
la ley 38/2003, se someterán a la Junta de Gobierno Local para que apruebe la concesión de las subvenciones.
La resolución deberá ser motivada y, en todo caso, deberán quedar acreditados los fundamentos de la
resolución que se adopte.
La resolución deberá contener el solicitante o la relación de solicitantes a los que se concede la subvención, la
cuantía de las ayudas, y la desestimación del resto de las solicitudes.
La resolución puede ser recurrida potestativamente en reposición ante el propio Ayuntamiento y es
susceptible de recurso contencioso administrativo ante los Tribunales de Justicia en la forma y plazos
establecidos en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
DÉCIMOTERCERA.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN, VALORACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El Órgano competente para la Instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones será un
trabajador/a del ayuntamiento vinculado al desarrollo local y/o dinamización del territorio.
El Órgano Colegiado a los efectos establecidos en los artículos 22 y 24 de la Ley 38/2003 estará compuesto
por:
Presidencia: Concejal /a que tenga atribuidas las competencias
Vocales: Interventor, agente de desarrollo local y funcionario municipal.
Secretaría: Funcionario/a de Secretaría.
El Órgano Colegiado podrá contar con personal de apoyo para la realización de las tareas que tiene
encomendadas.
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará conforme al artículo 21 de
la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
DÉCIMOCUARTA.- PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de un mes, computado a partir
de plazo de finalización de la presentación de solicitudes.
La resolución provisional y definitiva se notificará en el tablón de edictos del ayuntamiento y en la página web
municipal.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse publicado la resolución legitima a los interesados para entender
desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención, poniéndose fin a la vía
administrativa, pudiendo interponerse recurso de reposición potestativo de conformidad con el art. 52.1 de la
Ley 7/85 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local en su redacción dada por la Ley 11/99, ante el
mismo órgano que ha dictado esta resolución en el plazo de un mes si el acto fuera expreso, y si no lo fuera
en el plazo de tres meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa
específica, se produzca el acto presunto o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la resolución recurrida, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, de acuerdo con lo dispuesto en los art. 46 y ss de la Ley 29/1998
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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