Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (04090/2021)
Bases de concesión de subvenciones a empresas y autónomos/as cuya actividad esté destinada a instalación de puestos y demás aparatos relacionados con ferias del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra con motivos de la crisis del COVID-19
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 4090/2021
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRESAS DEL SECTOR EMPRESARIAL DE LOS FERIANTES DEL MUNICIPIO DE
FREGENAL DE LA SIERRA PARA ATENUAR EL IMPACTO ECONÓMICO DE LA COVID-19
Solicitud de subvención:
Titular:
Nombre y apellidos/Razón social:
Domicilio:
Población:
CP:
NIF/CIF:
Provincia:
Teléfono:
Email:
Epígrafe IAE:
Denominación/descripción de la actividad:
Persona física persona jurídica
Entidad sin personalidad jurídica Entidad economía social
Representante: (solocuando se trate de personasjurídicas):
Nombre y apellidos:
Domicilio:
Población:
CP:
NIF:
Provincia:
Teléfono:
Email:
A.- DECLARACIONES
A.1.- Condiciones de solvencia.
El abajo firmante declara que cumple todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases reguladoras de
la convocatoria de subvenciones destinadas a empresas del Municipio de Fregenal de la sierra para atenuar el
impacto económicode la COVID-19, y en particular:
- No haber sido condenado/a mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad
de obtener subvenciones o ayudas públicas.
- No haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier
procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido
inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación
fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- No haber dado lugar, por causa de la que se le hubieredeclarado culpable, a la resolución
firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- No estar incursa la persona física en alguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley
3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del
Estado., de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio
de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en
la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del RégimenElectoral General, en los
términosestablecidos en la misma o en la normativa autonómica que reguleestas materias.
- Hallarse al corrientede pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente
concedidas o no haber justificado debidamente las mismas.
- No haber sido sancionado administrativamente mediante resolución firme con la pérdida de
la posibilidad de obtener subvenciones.
- No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como
paraísofiscal.
- Las demás previstas en la normativaque resulte de aplicación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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FREGENAL DE LA SIERRA PARA ATENUAR EL IMPACTO ECONÓMICO DE LA COVID-19
Solicitud de subvención:
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Nombre y apellidos/Razón social:
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NIF/CIF:
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Epígrafe IAE:
Denominación/descripción de la actividad:
Persona física persona jurídica
Entidad sin personalidad jurídica Entidad economía social
Representante: (solocuando se trate de personasjurídicas):
Nombre y apellidos:
Domicilio:
Población:
CP:
NIF:
Provincia:
Teléfono:
Email:
A.- DECLARACIONES
A.1.- Condiciones de solvencia.
El abajo firmante declara que cumple todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases reguladoras de
la convocatoria de subvenciones destinadas a empresas del Municipio de Fregenal de la sierra para atenuar el
impacto económicode la COVID-19, y en particular:
- No haber sido condenado/a mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad
de obtener subvenciones o ayudas públicas.
- No haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier
procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido
inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación
fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- No haber dado lugar, por causa de la que se le hubieredeclarado culpable, a la resolución
firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- No estar incursa la persona física en alguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley
3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del
Estado., de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio
de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en
la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del RégimenElectoral General, en los
términosestablecidos en la misma o en la normativa autonómica que reguleestas materias.
- Hallarse al corrientede pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente
concedidas o no haber justificado debidamente las mismas.
- No haber sido sancionado administrativamente mediante resolución firme con la pérdida de
la posibilidad de obtener subvenciones.
- No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como
paraísofiscal.
- Las demás previstas en la normativaque resulte de aplicación.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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