Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Amalia. (04075/2021)
Convocatoria para el acceso a dos plazas de Agente de la Policía Local de Santa Amalia mediante oposición libre
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Santa Amalia
Anuncio 4075/2021
alteraciones morfológicas marcadas. Entropión. Ectropion. Triquiasis y distriquiasis.
3.8. Conjuntivitis crónica. Tracoma. Xeroftalmia. Pterigión uni o bilateral de marcado desarrollo. Alteraciones
conjuntivales cicatriciales.
3.9. Queratitis. Leucomas corneales centrales o periféricos con alteraciones de la agudeza visual. Estafilomas
de córnea y esclera. Degeneraciones y distrofias corneales. Ectasias corneales. Trasplante de córnea y anillos
intraestromales corneales. Queratocono. En ningún caso se admitirán lentes fáquicas.
3.10. Iris, cuerpo ciliar: Inflamaciones del tracto uveal en fase aguda y secuelas definitivas de uveitis antiguas.
Trastornos pupilares con importante repercusión funcional.
3.11. Vítreo. Hemorragias, vitritis. Organización fibrosa del vítreo. Hematoma traumático de vítreo. Cualquier
tipo de cirugía vitreorretiniana.
3.12. Cristalino: Opacidades del cristalino, catarata unilateral o bilateral. Subluxación y luxación del cristalino.
Ectopias del cristalino. Afaquia, Pseudoafaquia. Cualquier tipo de lente intraocular.
3.13. Retina: Retinopatías y alteraciones degenerativas, inflamatorias o tumorales del fondo del ojo que
produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Hemeralopia. Agujeros y desgarros retinianos.
Degeneraciones tapetorretinianas y afecciones relacionadas con ellas incluso tratadas con crioterapia o láser.
Desprendimiento de retina y reaplicaciones quirúrgicas del mismo con cualquier técnica. Embolias.
Trombosis. Vasculitis. Retinitis o cualquier alteración retiniana con repercusión funcional en los cometidos a
desempeñar.
3.14. Nervio óptico: Neuritis, edema y atrofia óptica. Glaucoma o alteraciones de la tensión ocular uni o
bilaterales.
3.15. Glaucoma o alteraciones de la tensión ocular uni o bilaterales.
3.16. Visión cromática: Se exigirá visión cromática normal.
3.17. Campo visual: Escotomas o reducciones del campo visual superior a 15 grados.
3.18. Agudeza visual: Agudeza visual mínima exigida con o sin corrección superior a 0,7 en ambos ojos.
3.19. Refracción. Los máximos defectos de refracción permitidos son:
a).- Hipermetropía: +3 dioptrías.
b).- Miopía: –3 dioptrías.
c).- Astigmatismo: +/–2 dioptrías con independencia del componente esférico.
3.20. Forias:
a).- Endoforia superior a 8 dioptrías prismáticas.
b).- Exoforia superior a 10 dioptrías prismáticas.
c).- Hiperforia superior a 1 dioptrías prismáticas.
3.21. Motilidad ocular extrínseca: Alteraciones de la motilidad ocular, parálisis y paresias según su repercusión
funcional. Heterotropias superior a 3 dioptrías prismáticas. Nistagmus. Diplopía.
3.22. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante el
desarrollo de la función policial.
4.- Oído y audición:
4.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000
hertzios a 45 decibelios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 13 de 26
Anuncio 4075/2021
alteraciones morfológicas marcadas. Entropión. Ectropion. Triquiasis y distriquiasis.
3.8. Conjuntivitis crónica. Tracoma. Xeroftalmia. Pterigión uni o bilateral de marcado desarrollo. Alteraciones
conjuntivales cicatriciales.
3.9. Queratitis. Leucomas corneales centrales o periféricos con alteraciones de la agudeza visual. Estafilomas
de córnea y esclera. Degeneraciones y distrofias corneales. Ectasias corneales. Trasplante de córnea y anillos
intraestromales corneales. Queratocono. En ningún caso se admitirán lentes fáquicas.
3.10. Iris, cuerpo ciliar: Inflamaciones del tracto uveal en fase aguda y secuelas definitivas de uveitis antiguas.
Trastornos pupilares con importante repercusión funcional.
3.11. Vítreo. Hemorragias, vitritis. Organización fibrosa del vítreo. Hematoma traumático de vítreo. Cualquier
tipo de cirugía vitreorretiniana.
3.12. Cristalino: Opacidades del cristalino, catarata unilateral o bilateral. Subluxación y luxación del cristalino.
Ectopias del cristalino. Afaquia, Pseudoafaquia. Cualquier tipo de lente intraocular.
3.13. Retina: Retinopatías y alteraciones degenerativas, inflamatorias o tumorales del fondo del ojo que
produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Hemeralopia. Agujeros y desgarros retinianos.
Degeneraciones tapetorretinianas y afecciones relacionadas con ellas incluso tratadas con crioterapia o láser.
Desprendimiento de retina y reaplicaciones quirúrgicas del mismo con cualquier técnica. Embolias.
Trombosis. Vasculitis. Retinitis o cualquier alteración retiniana con repercusión funcional en los cometidos a
desempeñar.
3.14. Nervio óptico: Neuritis, edema y atrofia óptica. Glaucoma o alteraciones de la tensión ocular uni o
bilaterales.
3.15. Glaucoma o alteraciones de la tensión ocular uni o bilaterales.
3.16. Visión cromática: Se exigirá visión cromática normal.
3.17. Campo visual: Escotomas o reducciones del campo visual superior a 15 grados.
3.18. Agudeza visual: Agudeza visual mínima exigida con o sin corrección superior a 0,7 en ambos ojos.
3.19. Refracción. Los máximos defectos de refracción permitidos son:
a).- Hipermetropía: +3 dioptrías.
b).- Miopía: –3 dioptrías.
c).- Astigmatismo: +/–2 dioptrías con independencia del componente esférico.
3.20. Forias:
a).- Endoforia superior a 8 dioptrías prismáticas.
b).- Exoforia superior a 10 dioptrías prismáticas.
c).- Hiperforia superior a 1 dioptrías prismáticas.
3.21. Motilidad ocular extrínseca: Alteraciones de la motilidad ocular, parálisis y paresias según su repercusión
funcional. Heterotropias superior a 3 dioptrías prismáticas. Nistagmus. Diplopía.
3.22. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante el
desarrollo de la función policial.
4.- Oído y audición:
4.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000
hertzios a 45 decibelios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 13 de 26