Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (04050/2021)
Bases y convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de la Policía Local, mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 4050/2021
compulsada de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
d) Certificado de empadronamiento en Fregenal de la Sierra (Badajoz) de la persona/s que, en
su caso, motiven el mérito de "agrupación/conciliación de la vida familiar y laboral", según se
determina en el epígrafe correspondiente, así como documentación acreditativa de las
circunstancias referidas a este mérito (tales como certificados de minusvalía, informes médicos,
etc.).
3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de
la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, (DOE). La presentación de
solicitudes podrá realizarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
3.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o
a petición de la persona interesada.
3.5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en el apartado 3.3 de la
base tercera, para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
Cuarta. - Admisión de aspirantes.
4.1.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la AlcaldíaPresidencia dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
y en la página web que contendrá la relación alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las
causas de exclusión de éstos. Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada
definitivamente sin necesidad de nueva publicación.
4.2.- Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en las relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de
un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de
admitidos y excluidos en el BOP, de Badajoz, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o
su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no
subsanaren la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, si los hubiera, se publicará en el BOP, de Badajoz y en la
página web del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra (Badajoz) la resolución elevando a definitiva la lista
provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con la inclusión correspondiente como admitidos de aquellos
que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones. De no existir errores, ni excluidos, se
elevará a definitiva, no siendo necesario agotar el plazo para subsanación.
4.4.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la composición de la Comisión de
Valoración. La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el BOP, de Badajoz, será
determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
4.5.- Transparencia y publicación de anuncios: Una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes admitidos
y excluidos todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria, así como los acuerdos de la
Comisión de Valoración y sus diferentes fases y trámites se harán públicos en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento y en la página web.
Quinta. - Comisión de Valoración.
5.1.- La Comisión de Valoración estará compuesto como sigue:
a) Presidente/a: Un/a funcionario/a de carrera designado/a por el Alcalde.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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compulsada de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
d) Certificado de empadronamiento en Fregenal de la Sierra (Badajoz) de la persona/s que, en
su caso, motiven el mérito de "agrupación/conciliación de la vida familiar y laboral", según se
determina en el epígrafe correspondiente, así como documentación acreditativa de las
circunstancias referidas a este mérito (tales como certificados de minusvalía, informes médicos,
etc.).
3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de
la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, (DOE). La presentación de
solicitudes podrá realizarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
3.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o
a petición de la persona interesada.
3.5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en el apartado 3.3 de la
base tercera, para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
Cuarta. - Admisión de aspirantes.
4.1.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la AlcaldíaPresidencia dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
y en la página web que contendrá la relación alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las
causas de exclusión de éstos. Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada
definitivamente sin necesidad de nueva publicación.
4.2.- Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en las relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de
un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de
admitidos y excluidos en el BOP, de Badajoz, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o
su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no
subsanaren la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, si los hubiera, se publicará en el BOP, de Badajoz y en la
página web del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra (Badajoz) la resolución elevando a definitiva la lista
provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con la inclusión correspondiente como admitidos de aquellos
que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones. De no existir errores, ni excluidos, se
elevará a definitiva, no siendo necesario agotar el plazo para subsanación.
4.4.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la composición de la Comisión de
Valoración. La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el BOP, de Badajoz, será
determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
4.5.- Transparencia y publicación de anuncios: Una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes admitidos
y excluidos todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria, así como los acuerdos de la
Comisión de Valoración y sus diferentes fases y trámites se harán públicos en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento y en la página web.
Quinta. - Comisión de Valoración.
5.1.- La Comisión de Valoración estará compuesto como sigue:
a) Presidente/a: Un/a funcionario/a de carrera designado/a por el Alcalde.
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