Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas (Montijo). (04033/2021)
Bases y convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Técnico de Gestión Personal, Contabilidad y Tramitación de Proyectos, laboral fijo, en la Mancomunidad Integral de Servicios "Vegas Bajas"
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Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas

Anuncio 4033/2021

— Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte.
— Documentación acreditativa de la titulación exigida para acceder a la plaza.
— Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, a valorar en la fase de concurso.
En cualquier caso, el aspirante presentará la documentación original antes de la formalización del contrato.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la
Mancomunicad y en la sede electrónica https://mancomunidadvegasbajas.sedelectronica.es. A efectos de cómputo de
plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente anuncio en la sede electrónica (salvo los anuncios que deban ser
publicados en diarios oficiales).
Cuarta.- Admisión: Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente de la Mancomunidad Integral de
Servicios "Vegas Bajas" dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de la Mancomunidad [dirección:
https://mancomunidadvegasbajas.sedelectronica.es], se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos podrán manifestarlo en el
mismo plazo.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanasen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas correspondientes.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la subsanación de
defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de
dicha Jurisdicción.
En todo caso, a fin de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán no solo que no figuran en la relación de excluidos objeto de publicación en el BOP, sino también
que sus nombres constan en la correspondiente relación de admitidos expuesta al público en la sede electrónica.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Presidencia se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de la Mancomunidad [dirección:
https://mancomunidadvegasbajas.sedelectronica.es]. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que
habrá de realizarse el primer ejercicio. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede
electrónica de la Mancomunidad; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica de la
Mancomunidad, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de este. Igualmente, en la misma resolución, se
hará constar la designación nominal del Tribunal.
Quinta.- Tribunal Calificador: Se constituirá Tribunal Calificador integrado por cinco miembros: Un Presidente, tres Vocales y
un Secretario. Se designaran igual número de suplentes. Todos los miembros del Tribunal de Selección, titulares y suplentes,
habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza objeto del
proceso. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y de profesionalidad, y se
tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de representación de
cada sexo. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán
formar parte de los órganos de selección, y la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie. Los miembros en que concurran las circunstancias
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, deberán abstenerse de
intervenir en el procedimiento, comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los aspirantes
admitidos.
No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En
ausencia del Presidente, le sustituirá el vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el
procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidente,
podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de otro personal de la Mancomunidad o de otras
Administraciones Públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, en el desarrollo del
proceso de selección y bajo la dirección del citado Tribunal. Al desarrollo de las pruebas del Tribunal Calificador puede asistir
como observador un representante por cada organización sindical con representación en la Mesa General de Negociación
de Empleados Públicos.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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