Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (04025/2021)
Aprobación del Plan de disposición de fondos
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 4025/2021

Se establecen las siguientes excepciones a la regla general sobre los plazos de pago:
La nómina del personal, que se pagará con carácter mensual entre el día 20 y 31 del mes en curso.
Las cuotas de los seguros sociales y de mutualidades de previsión social se pagarán en los
vencimientos establecidos en sus normas reguladoras.
Los pagos no presupuestarios por retenciones practicadas en nómina, excepto el impuesto sobre la
renta de las personas físicas y las cuotas a la Seguridad Social, se pagarán en un plazo de 10 días
desde el pago de la nómina.
Los pagos por retenciones practicadas en concepto del impuesto sobre la renta de las personas físicas
y por otras retenciones exigidas por Ley, se pagarán en los plazos establecidos por la AEAT u
organismo que tenga la competencia para su recaudación.
La amortización de la deuda del capítulo 9, operaciones de Tesorería y gastos financieros por intereses
derivados de las mismas, se pagarán a su respectivo vencimiento".
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la
Alcaldía de este Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, de conformidad con al artículo 112 y siguientes de Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente
En Puebla de la Calzada, a 30 de agosto de 2021.- El Alcalde, Juan María Delfa Cupido.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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