Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (04025/2021)
Aprobación del Plan de disposición de fondos
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Anuncio 4025/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Puebla de la Calzada (Badajoz)
Anuncio 4025/2021
Aprobación del Plan de disposición de fondos
APROBACIÓN DEL PLAN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS
Mediante resolución de Alcaldía 2021-0820 de fecha 30 de agosto de 2021, se aprobó el Plan de disposición de fondos del
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, lo que se publica a los efectos del artículo 131 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas:
"Vista la necesidad de actualizar el Plan de disposición de fondos, con la finalidad de permitir a la entidad local planificar su
tesorería para cumplir con las obligaciones legales hacer frente a los pagos realizados por la entidad local.
Visto el Plan de disposición de fondos adjunto como anexo elaborado por Tesorería y que obra en el expediente, así como
su informe-propuesta sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir de fecha 30 de agosto de 2021.
De conformidad con lo establecido en el artículo 187 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
RESUELVO
Primero.- Aprobar el Plan de disposición de fondos, en relación con las previsiones sobre la gestión de los fondos
integrantes de la Tesorería para hacer frente a las obligaciones contraídas por esta entidad local.
Segundo.- Acordar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, para general conocimiento.
El plan de disposición de fondos incluido en el anexo del informe de Tesorería es el siguiente:
"PRINCIPIOS GENERALES
- El Plan de disposición de fondos es un instrumento necesario para la gestión de la tesorería y constituye una
herramienta eficaz para regular la liquidez del sistema financiero local.
- El Plan de disposición de fondos de la Tesorería de este Ente Local tiene por objeto conseguir una adecuada
distribución temporal de los pagos, acomodándolos a las disponibilidades de efectivo previstas en la
Tesorería Municipal, que permita una correcta estimación de las necesidades de endeudamiento y la
optimización de los recursos disponibles.
- La acomodación de las órdenes de pago al plan de disposición de fondos se verificará por la Intervención
Municipal mediante el examen del propio plan de disposición de fondos o del informe que al respecto emita
la Tesorería de la entidad.
La gestión de los fondos integrantes de la Tesorería, se realizará bajo el principio de unidad de caja con la
centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y por operaciones no
presupuestarias, utilizando todos los recursos dinerarios disponibles para el pago de las obligaciones.
- El Plan de disposición de fondos será de aplicación desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz, y mantendrá su vigencia en los ejercicios siguientes en tanto no se proceda a la aprobación de un
nuevo Plan.
- De igual manera el Plan de disposición de fondos podrá ser revisado a lo largo del ejercicio en función de las
modificaciones producidas en las disponibilidades líquidas efectivas o previstas en la Tesorería.
1. Ordenación de los pagos.
Los pagos presupuestarios por ejecución del presupuesto de gastos, se ordenarán atendiendo al reconocimiento de la
obligación correspondiente, dada la necesaria ejecución presupuestaria de los mismos en función de los respectivos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 6
Anuncio 4025/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Puebla de la Calzada (Badajoz)
Anuncio 4025/2021
Aprobación del Plan de disposición de fondos
APROBACIÓN DEL PLAN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS
Mediante resolución de Alcaldía 2021-0820 de fecha 30 de agosto de 2021, se aprobó el Plan de disposición de fondos del
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada, lo que se publica a los efectos del artículo 131 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas:
"Vista la necesidad de actualizar el Plan de disposición de fondos, con la finalidad de permitir a la entidad local planificar su
tesorería para cumplir con las obligaciones legales hacer frente a los pagos realizados por la entidad local.
Visto el Plan de disposición de fondos adjunto como anexo elaborado por Tesorería y que obra en el expediente, así como
su informe-propuesta sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir de fecha 30 de agosto de 2021.
De conformidad con lo establecido en el artículo 187 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
RESUELVO
Primero.- Aprobar el Plan de disposición de fondos, en relación con las previsiones sobre la gestión de los fondos
integrantes de la Tesorería para hacer frente a las obligaciones contraídas por esta entidad local.
Segundo.- Acordar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, para general conocimiento.
El plan de disposición de fondos incluido en el anexo del informe de Tesorería es el siguiente:
"PRINCIPIOS GENERALES
- El Plan de disposición de fondos es un instrumento necesario para la gestión de la tesorería y constituye una
herramienta eficaz para regular la liquidez del sistema financiero local.
- El Plan de disposición de fondos de la Tesorería de este Ente Local tiene por objeto conseguir una adecuada
distribución temporal de los pagos, acomodándolos a las disponibilidades de efectivo previstas en la
Tesorería Municipal, que permita una correcta estimación de las necesidades de endeudamiento y la
optimización de los recursos disponibles.
- La acomodación de las órdenes de pago al plan de disposición de fondos se verificará por la Intervención
Municipal mediante el examen del propio plan de disposición de fondos o del informe que al respecto emita
la Tesorería de la entidad.
La gestión de los fondos integrantes de la Tesorería, se realizará bajo el principio de unidad de caja con la
centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y por operaciones no
presupuestarias, utilizando todos los recursos dinerarios disponibles para el pago de las obligaciones.
- El Plan de disposición de fondos será de aplicación desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz, y mantendrá su vigencia en los ejercicios siguientes en tanto no se proceda a la aprobación de un
nuevo Plan.
- De igual manera el Plan de disposición de fondos podrá ser revisado a lo largo del ejercicio en función de las
modificaciones producidas en las disponibilidades líquidas efectivas o previstas en la Tesorería.
1. Ordenación de los pagos.
Los pagos presupuestarios por ejecución del presupuesto de gastos, se ordenarán atendiendo al reconocimiento de la
obligación correspondiente, dada la necesaria ejecución presupuestaria de los mismos en función de los respectivos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 6