Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villalba de los Barros. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03627/2021)
Aprobación definitiva de las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a empresas del municipio de Villalba de los Barros para atenuar el impacto económico del Covid-19
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Ayuntamiento de Villalba de los Barros

Anuncio 3627/2021

rebajas e importe total.
El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones, según corresponda.
No se admitirán como justificantes de gastos los albaranes, las notas de entrega ni las facturas pro-forma. En
el caso de justificantes emitidos en moneda extranjera se indicará el tipo de cambio aplicado.
Justificación de pago de las facturas: Serán subvencionables los gastos efectivamente pagados entre el 1 de
marzo de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud, hasta el límite del 9 de mayo de 2021. Atendiendo a
la forma de pago (no se admiten pagos en efectivo), la justificación debe efectuarse con la documentación que
se indica a continuación:
• Transferencia bancaria: se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma,
debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de factura o, en su defecto, el
concepto abonado, y copia de extracto bancario en que figure el gasto.
• Domiciliación bancaria: se justificará mediante la notificación bancaria del adeudo, y copia de
extracto bancario en que figure el gasto.
• Cheque: se justificará mediante copia del cheque emitido a nombre del proveedor/a que
emite la factura y copia de extracto bancario en que figure el gasto.
• Tarjeta bancaria: Resguardo de pago con tarjeta de crédito o débito
En cuanto al pago de combustibles, mantenimiento de vehículos, intereses de préstamos hipotecario y
arrendamiento del local se justificará únicamente mediante transferencia bancaria, resguardo de pagos con
tarjetas o copia de talones, extractos bancarios.
En el caso de actividades cofinanciadas, deberá especificarse la totalidad de financiación con la que se ha
contado para desarrollar la actividad subvencionada según el siguiente desglose:
• Cuantía de la subvención otorgada por el Excmo. Ayuntamiento de Villalba de los Barros.
• Otras subvenciones de distintas Administraciones Públicas.
• Otros recursos.

SEXTA.- CONDICIONES DE SOLVENCIA Y EFICACIA.
No podrán obtener la condición de beneficiarios/as las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias
siguientes:

a) Haber sido condenado/a mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de
obtener subvenciones o ayudas públicas.
b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier
procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido
inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación
fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber dado lugar, por causa de la que se le hubiere declarado culpable, a la resolución firme
de cualquier contrato celebrado con la Administración.
d) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los
supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la
Administración General del Estado o las respectivas normas de las Comunidades Autónomas,
de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley
Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en
la misma.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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