Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villalba de los Barros. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03627/2021)
Aprobación definitiva de las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a empresas del municipio de Villalba de los Barros para atenuar el impacto económico del Covid-19
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Ayuntamiento de Villalba de los Barros

Anuncio 3627/2021

d) No estar incursa la persona física en alguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley 12/1995, de 11
de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la
Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal
al servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma
o en la normativa autonómica que regule estas materias.
e) Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes.
f) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o no
haber justificado debidamente las mismas.
g) No haber sido sancionado administrativamente mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad
de obtener subvenciones.
h) No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
i) Las demás previstas en la normativa que resulte de aplicación.
A.2.- En cuanto a la acreditación de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de cotización a la Seguridad
Social: (clausula décimoquinta)
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en lo relativo a la
acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales, autonómicas como locales, así
como con la Seguridad Social a los efectos de tramitar concesión de subvención por el Ayuntamiento de
Villalba de los Barros y de conformidad con lo previsto en los artículos 21.1, 24.2 y 24.3 del referido Real
Decreto, El abajo firmante DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que se encuentra al corriente de las
obligaciones tributarias, tanto estatales, autonómicas como locales, así como con la Seguridad Social. A tal
efecto se presentan certificados de estar al corriente de pagos con la Hacienda Autonómica, Estatal y con la
Seguridad Social para verificar este extremo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley
General de Subvenciones.
A.3.- Declaración de responsabilidad (Clausula Decimoprimera, apartado C)
a) Que la persona solicitante asume el compromiso de destinar la subvención a la finalidad prevista.
b) Que la persona solicitante se compromete al cumplimiento de las obligaciones de las personas
beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) Que la persona solicitante se compromete a declarar las ayudas de minimis que le hubiesen sido
concedidas por cualquier proyecto durante los tres últimos ejercicios fiscales, con indicación de importe,
organismo, fecha de concesión y régimen de ayudas en que se ampara, o, en su caso, declaración de no haber
recibido ninguna; así como compromiso de comunicar a la mayor brevedad las obtenidas con posterioridad a
la presentación de la solicitud.
d) Que la persona solicitante no tiene deuda alguna con el Ayuntamiento de Villalba de los Barros y que ha
justificado cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad, siempre que haya
finalizado el plazo de justificación.
e) Que la persona solicitante no ha obtenido ninguna ayuda con la misma finalidad u objeto que la actividad
subvencionada, así como compromiso de comunicar subvenciones anteriores con la misma finalidad y a la
mayor brevedad las obtenidas con posterioridad a la presentación de la solicitud y antes de la resolución de la
misma.
f) Que la persona solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria y
para ser receptora del pago establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en concreto apartados 2 y 3
del artículo 13 y el apartado 5 del artículo 34 de la misma
g) Declaración de encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales, con el Ayuntamiento u otras
Administraciones Públicas y frente a la Seguridad Social.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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