Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Delegación de Hacienda (Mérida). (03553/2021)
Aprobación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual Bonhaval
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Villafranca de los Barros (Badajoz)
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Aprobación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual Bonhaval

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DUAL "BONHAVAL" DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
VILLAFRANCA DE LOS BARROS
Por esta Alcaldía se ha dictado resolución número 1009 de fecha 22 de julio de 2021, aprobando el Reglamento interno de la
Escuela Profesional Dual "Bonhaval" cuyo contenido es el siguiente:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE RÉGIMEN INTERNO
I.- PREÁMBULO. DISPOSICIONES GENERALES.
1. El Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval" de Villafranca de
los Barros define sus finalidades y objetivos, marca la organización general por la que se rige el centro, regula las relaciones
profesionales entre sus miembros y, además, contiene las normas generales de funcionamiento y de convivencia del
colectivo de personas que componen la propia Escuela Profesional.
2. La Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval" es un programa de formación y empleo dependiente del Excmo.
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, como entidad promotora, y del SEXPE. Las funciones de los órganos y
responsables internos de la Escuela Profesional se ejercen sin perjuicio de la superior decisión del Excmo. Ayuntamiento,
entidad promotora del proyecto, y de las normas exigidas por la Dirección General de Calidad en el Empleo, Servicio de
Programas Innovadores de Empleo, de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y otras instituciones
que financian el proyecto.
3. Los/as alumnos/as-trabajadores/as que se rigen por las normas contenidas en el presente Reglamento son los/as que a la
fecha de su aprobación están vinculados/as con el Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros a través de contratos
para la formación y el aprendizaje, así como el Equipo Técnico, a saber: Directora, Gestora, Coordinadora de Formación,
Técnica de acompañamiento-tutorización, dos Monitores de la especialidad de pintura decorativa e industrial en
construcción, y dos Monitoras de la especialidad atención sociosanitaria a personas en el domicilio, y técnica de prevención
de riesgos laborales.
Estas normas les serán aplicables sin perjuicio de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, en el "Acuerdo regulador
de las condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros" y demás legislación
aplicable.
4. Si alguna de las normas recogidas en este Reglamento, con mención expresa a las de carácter laboral, lesionara
gravemente los derechos de los trabajadores de la Escuela Profesional y entrará en contradicción con la legislación laboral
vigente, se atenderá a lo dispuesto en esta última.
5. En el momento en que los trabajadores de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval" son contratados por el
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, asumirán, además de los derechos y deberes recogidos en este Reglamento, los
específicos de su contrato y los generales que se reconocen en el Estatuto de los Trabajadores y en el "Acuerdo regulador de
las condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros", resolución del 27 de julio
de 2012 y publicado en el DOE número 172 de 5 de septiembre del mismo año, y de la normativa laboral vigente pertinente.
6. Tanto el equipo técnico-docente como los/as alumnos/as- trabajadores asumirán, además de los derechos y deberes
recogidos en las "Normas Generales de Convivencia", los específicos de su contrato y los generales que se reconocen en el
"Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros" y
del Estatuto de los Trabajadores.
Este Reglamento consta de cinco apartados:
I. Fundamentación o principios básicos.
II. Organización general.
III. Organización operativa.
IV. Condiciones laborales.
V. Normas generales de funcionamiento interno (de los derechos, deberes y sanciones).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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