Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa. Recursos Humanos (Badajoz). (03500/2021)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de regulador del uso de instalaciones municipales
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Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa
Granja de Torrehermosa (Badajoz)
Anuncio 3500/2021
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de regulador del uso de instalaciones municipales

APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación del Reglamento de regulador del uso de instalaciones
municipales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
N.º 12:
REGLAMENTO REGULADOR DEL USO DE INSTALACIONES MUNICIPALES DE GRANJA DE TORREHERMOSA (BADAJOZ)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa ha venido autorizando el uso de instalaciones de titularidad
municipal tanto a asociaciones, colectivos y, en definitiva, a personas físicas y jurídicas para la realización de
actividades de interés social o de acciones dirigidas a desarrollar sus funciones y alcanzar sus objetivos.
Sin perjuicio de la normativa de Régimen Local relativa a los bienes municipales, la presente norma tiene por
objeto regular la autorización y condiciones de uso de las instalaciones municipales susceptibles de
utilización, con la finalidad, en definitiva, facilitar espacios de cultura, formación, promoción y dinamización
del propio colectivo o de la población destinataria de su actividad, procurando así mejorar la calidad de vida y
el bienestar social y personal de los vecinos y vecinas del municipio de Granja de Torrehermosa,
prohibiéndose el ejercicio de cualquier otra actividad que contraponga este objetivo.
Para establecer esta regulación se aprueba el presente Reglamento en ejercicio de la potestad reglamentaria
y de autoorganización reconocida a las entidades instalaciones municipales en el artículo 4.1.a) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
El objeto del presente Reglamento es la regulación de los usos de instalaciones municipales propiedad de este
Ayuntamiento por parte de las asociaciones, colectivos y, en general, personas físicas y personas jurídicas que tengan
necesidad de un local para actividades concretas de interés público o social.
Artículo 2. Objetivos de la autorización de uso.
Los usos regulados en este Reglamento deben estar orientados a la consecución de los siguientes objetivos:
- Propiciar el uso compartido de lugares comunitarios y de encuentro entre los vecinos, asociaciones,
colectivos y demás elementos integrantes de la vida del municipio.
- Facilitar la puesta en marcha de programas y actividades de carácter cultural, informativo, formativo,
educativo y lúdico que se organicen por las diferentes asociaciones y colectivos.
Artículo 3. Denominación y situación de las instalaciones.
Podrán ser objeto de los usos regulados en este Reglamento los bienes de titularidad municipal siguientes:
- Casa de la Cultura (salas planta baja, aulas planta alta y salón de actos).
- Nave Carbonas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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