Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (03463/2021)
Decreto de delegación de competencias del Presidente de la Institución Ferial de Badajoz en la Vicepresidente y Concejala-Delegada de IFEBA
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 3463/2021

como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía
indicados.
9. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su
contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
10. Formar el presupuesto del organismo, asistido por la Intervención, y remitírselo a la
Corporación para su integración en el presupuesto general.
11. Aprobar las modificaciones de crédito presupuestario no atribuidas al Pleno, conforme a los
requisitos y procedimientos previstos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales y en
las bases de ejecución del presupuesto.
12. En caso de inexistencia o insuficiencia de crédito, proponer a la Corporación Local el
expediente de crédito extraordinario o de suplemento de crédito, y remitírselo para su
tramitación.
13. La presentación a la Junta Directiva de la rendición de cuentas y la liquidación del
presupuesto, para su elevación en ambos casos a la Corporación Local para su aprobación,
según los trámites previstos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales.
14. Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a la condición de Presidente de la Junta
Directiva.
15. Las funciones que le sean delegadas por otros órganos de FeriaBadajoz-IFEBA.

Lo que se hace público para general conocimiento.
Badajoz, 15 de julio de 2021.- El Alcalde-Presidente, Ignacio Grajera Barrera.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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