Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (03467/2021)
Bases reguladoras para la formación de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal para cubrir trabajos propios de la Dirección de la Oficina de Turismo del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 3467/2021

momento de formalización de los contratos. La acreditación de dichos requisitos se efectuará ante el órgano
de contratación con carácter previo al momento de formalizar el contrato de trabajo que haya sido ofertado
al candidato.
Cuarta.-Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.
4.1. Solicitudes.
Las solicitudes serán según modelo proporcionado por el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros en el
anexo I, en la que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales para la plaza en la bolsa a la que se opte.
La presentación se realizará en el Registro General del Ayuntamiento, a través de los medios establecidos en
el art.16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el
caso que se opte por presentar en una oficina de Correos, se realizará en la modalidad de "correo
administrativo", para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.
Es requisito de presentación de solicitud en caso de presentación de solicitud en Administración distinta o por
Correos, que el/la aspirante lo comunique al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros dentro del plazo de
presentación de instancias, vía email a la dirección personal@jerezcaballeros.es), adjuntando copia de la
solicitud.
En el impreso de solicitud, el/la solicitante deberá indicar una dirección de correo electrónico a efectos de
notificaciones, así como un teléfono móvil para su localización de forma ágil.
El no cumplimiento de los referidos requisitos de presentación o la no presentación de la solicitud en el
modelo oficial o la no presentación del anexo III autobaremo, será causa de exclusión, no pudiendo
subsanarse posteriormente.
4.2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes, así como de la documentación necesaria para acreditar los méritos
indicados en la base novena, será de quince (15) días naturales a contar desde el día siguiente al de la
publicación de la convocatoria de las presentes bases.
4.3. Documentación a presentar.
Junto a la solicitud para formar parte de la Bolsa de Trabajo correspondiente a la convocatoria, se deberá
acompañar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos mínimos de titulación y, en su
caso, de la experiencia profesional y formación.
1.º.- Fotocopia del DNI o en su caso, del documento oficial de renovación del mismo.
2.º.- Fotocopia del título académico; Certificado del Expediente académico emitido por el Centro
Educativo y fotocopia del título B1 en inglés. (anexo II)
3.º.- Informe de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en la
que conste expresamente los períodos en alta en el sistema de la Seguridad Social y los grupos
de cotización.
4.º.- La prestación de servicios similares en empresas o administraciones públicas deberán
indicarse señalando los periodos de tiempo de trabajo. Este extremo será acreditado mediante
certificado de la empresa u Organismo de la Administración donde se hubiesen realizado los
mismos indicando periodo, Categoría, grupo de cotización y funciones o contratos de trabajo.
En el caso de autónomos, alta en IAE y CNAE relacionado con el turismo, además de la Vida
Laboral exigido en el punto anterior.
5.º.- Los cursos de formación se acreditarán mediante presentación de fotocopia de la
certificación, título o diploma (anverso y reverso) correspondiente, donde deberá constar el
número de horas y el programa que se ha impartido. No se valorarán los títulos que no definan
número de horas o los que no tengan relación con el Turismo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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