Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villalba de los Barros. Delegación de Hacienda (Mérida). (03356/2021)
Bases para la provisión por concurso de movilidad de una plaza de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Villalba de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villalba de los Barros
Villalba de los Barros (Badajoz)
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Bases para la provisión por concurso de movilidad de una plaza de Agente de la Policía Local

BASES PARA LA PROVISIÓN POR CONCURSO DE MOVILIDAD DE UNA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía, de fecha 7 de julio de 2021, las bases y la convocatoria para cubrir una
plaza de Agente de la Policía Local vacante en la plantilla municipal, mediante sistema de concurso de movilidad, se abre el
plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del
correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO POR MOVILIDAD, DE UNA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DEL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLALBA DE LOS BARROS
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso por movilidad, de
una plaza de Agente de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Villalba de los Barros, tras vacante producida en la
plantilla de esta Administración, la cual se encuentra encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala de
Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, categoría Agente, subgrupo C-1, según el artículo 76 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y el
artículo 12.3 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de las Policías Locales de
Extremadura.
1.2.- El ingreso conllevará la adscripción al correspondiente puesto de trabajo vacante, con las características, condiciones de
dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que corresponden a estas plazas.
1.3.- Está dotada con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C-1, nivel 20; y demás retribuciones
complementarias, asignadas al puesto al que se adscriba, conforme a la vigente legislación y a lo que la Corporación tenga
acordado.
1.4.- Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/194, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas. Por tanto, no será compatible el ejercicio de las funciones con el desempeño de
ningún puesto o actividad en el sector público, delimitado por el artículo 1 de la citada Ley, ni actividad privada incompatible
sujeta a reconocimiento de compatibilidad.
SEGUNDA. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Al presente proceso le será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real
Decreto Legislativo 871/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes
en materia de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de
Policías Locales de Extremadura; Ley 13/2015, de 8 abril, de Función Pública de Extremadura; el Decreto 218/2009, de 9 de
octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura; Decreto 43/1996, de 26 de
marzo, por el que se regula el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y las bases de la presente convocatoria; siendo de aplicación supletoria el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de personal al servicio de la
Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y demás normas concordantes y de aplicación.
Para participar en la presente convocatoria será necesario:
A. Ser funcionario de carrera, integrado en la subescala de Servicios Especiales, Agente de Policía Local, grupo
C1, de cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
B. Haber permanecido como mínimo tres años en situación de servicio activo en la misma categoría de
Agente, como funcionario de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local del ayuntamiento de
procedencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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