Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aceuchal. (03299/2021)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del centro de día de Aceuchal
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Ayuntamiento de Aceuchal

Anuncio 3299/2021

necesidades.
c) Todos los usuarios deben aportar los útiles de aseo personal (toalla, muda, medicación y material higiénico,
tal es el caso de pañales y compresas…).
d) Si encuentra o pierde cualquier objeto deberá comunicarlo al personal del centro.
e) Está totalmente prohibido entregar propinas al personal del centro.
f) Cuide de que en cada momento solo permanezcan encendidas aquellas luces que sean necesarias y
colabore apagando las demás.
g) Durante las horas de limpieza procure facilitar las mismas, estando prohibido pasar a la zona durante estas
horas.
h) Las puertas del centro permanecerán abiertas de 10:00 horas de la mañana a las 18:00 horas.
i) Si por cualquier causa no pudiera asistir deberá comunicarlo con un día, al menos de antelación. Así como
las salidas que tenga que realizar por diferentes razones (consultas médicas, visitas a familiares).
j) Las personas usuarias podrán salir del centro, solas o acompañadas, siempre que sus condiciones físicas o
psíquicas lo permitan.
k) Tanto el resto de los usuarios, como los trabajadores del centro, merecen su respeto y consideración,
cuando se dirija a ellos, hágalo con amabilidad.
l) Cuando tenga algún problema con otro usuario o trabajador del centro, procure evitar cualquier tipo de
enfrentamiento, póngalo en conocimiento del responsable del centro.
m) Está totalmente prohibido fumar en las dependencias del centro.
n) Todos los usuarios tendrán un período de prueba.
o) En caso de que las personas usuarias causen baja, sus pertenencias personales deberán ser retiradas, en el
plazo máximo de una semana, por la persona que se especifique a los citados efectos en el documento
contractual.
p) Si observa alguna anomalía que se produzca (fontanería, electricidad, etc.) deberá comunicarla al personal
responsable.
q) No se permitirá mantener relaciones sexuales en el centro.
r) No se permitirá beber alcohol.
s) Durante las horas de descanso evite todo aquello que pueda molestar al resto de los usuarios.
Artículo 15. Derechos y deberes.
Derechos de los usuarios:

a) tener representación en la comisión de seguimiento y tomar parte de sus debates con voz y
voto.
b) Utilización de los servicios comunes en las condiciones que se establezcan en las normas de
funcionamiento interno.
c) Recibir un trato correcto por parte del personal y de los usuarios.
d) Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el centro.
e) Participar en los servicios y actividades sociales, culturales y recreativas que se organicen, y
colaborar con sus conocimientos y experiencia en el desarrollo de las mismas.
f) Beneficiarse de actividades encaminadas a la prevención de la enfermedad y a la promoción
de la salud, de ocio, ejercicio físico u otras que el centro programe.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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