Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03243/2021)
Nombramiento del Concejal Delegado de Servicios Sociales, Mayores, Mujer y Cooperación al Desarrollo del Ayuntamiento de Badajoz como Vicepresidente del IMSS y delegación de atribuciones del Alcalde-Presidente del IMSS en el Vicepresidente de la Entidad
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 3243/2021

La de Bienes Muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se
encuentre prevista en el presupuesto.
- Efectuar la solicitud de ayudas y subvenciones a otras entidades y organismos, así como aprobar y suscribir
los convenios de colaboración que se realicen, siempre que, por su cuantía, dicha competencia no esté
atribuida al Consejo Rector.
- Representar al Organismo Autónomo ante los Tribunales y Juzgados, Administraciones, Corporaciones,
Autoridades, Notarios y particulares; conferir mandamientos y poderes para ejercer dicha representación y
asumirla para sí en los casos que proceda.
- Adoptar en caso de urgencia o emergencia las resoluciones o medidas de carácter urgente o inaplazable que
sean precisas, dando cuenta al Consejo Rector, en la primera reunión que éste celebre, para que se resuelva
definitivamente sobre el particular.
- Otorgar los contratos que sean necesarios en representación del Organismo Autónomo.
- Autorizar con su firma las actas y certificaciones.
- Suscribir documentos, escrituras y pólizas.
- Ser el órgano concedente de cada una de las subvenciones incluidas en el Plan Estratégico General de
Subvenciones de la entidad, aprobado por el Consejo Rector, cuando la cuantía global de las mismas, no
exceda del 10% de los recursos ordinarios de la entidad.
- Aprobar la estructura organizativa de los servicios y unidades del Organismo Autónomo y la correspondiente
provisión de puestos, todo ello de conformidad con la normativa vigente y dentro de los límites
presupuestarios, en su caso.
- Dar cuenta sucinta al Consejo Rector en cada sesión ordinaria de las resoluciones que hubiere adoptado
desde la última sesión ordinaria.
- Cualquier otra atribución que pueda corresponder al Instituto Municipal de Servicios Sociales, y no se
encuentre reservada por la legislación de Régimen Local, o por estos Estatutos, al Ayuntamiento o al Consejo
Rector, así como todas aquellas que la ley o los estatutos de la entidad no declaren indelegables.
Badajoz, a 1 de julio de 2021.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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