Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Dirección General de Industria, Energía y Minas (Mérida). (02920/2021)
Resolución por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación fotovoltaica "Apicio", ubicada en el término municipal de Fregenal de la Sierra
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Dirección General de Industria, Energía y Minas
Anuncio 2920/2021
Segundo.- La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en
funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica están
sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la Ley indicada y en sus
disposiciones de desarrollo. Así mismo declara de utilidad pública las instalaciones de generación, transporte y distribución
de electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre bienes y derechos necesarios para
establecerlas, si bien establece la condición de que las empresas titulares de las instalaciones deberán solicitarla de forma
expresa, como así ha sido en el presente caso.
Asimismo de conformidad con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez
concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones recibidas durante la instrucción del
procedimiento, así como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes
en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente.
Tercero.- Con fecha 30 de diciembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 1183/2020, de 29 de
diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, cuya disposición final tercera
realiza, entre otras, una modificación del segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que
se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos,
relativo a la definición de potencia instalada para instalaciones fotovoltaicas, siendo de aplicación dicha modificación a la
instalación que nos ocupa en virtud de la disposición transitoria quinta del citado Real Decreto 1183/2020, de 29 de
diciembre.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en la legislación vigente, y
considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho esta Dirección General,
RESUELVE
Declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación que a continuación se detalla, a los efectos señalados en el artículo
149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
- Características de la instalación:
o Nombre de la instalación: Apicio.
o Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 14, parcelas 19, 20, 21, 22, 23, 9.002,
9.003, 9.004 y polígono 33, parcela 5; del término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz).
Referencias catastrales: 06050A014000190000JP, 06050A014000200000JG, 06050A014000210000JQ,
06050A014000220000JP, 06050A014000230000JL, 06050A014090020000JZ, 06050A014090030000JU,
06050A014090040000JH y 06050A033000050000JF respectivamente.
o Instalación solar fotovoltaica de 44,895 kW de potencia instalada, compuesta por 15 inversores de 2.993 kVA
cada uno.
Se instalan 8 centros de transformación tipo skid, 7 con una potencia de 2x3.000 kVA y 1 con una potencia de 1x3.000
kVA.
Existen tres líneas subterráneas con cable HRZ1 Al 18/30 KV de sección variable (120, 240, 400 y 630 mm²), que
interconectan los citados centros con la Subestación Transformadora Elevadora 30/132/400 KV "Apicio", para la
inyección de energía a la red en la subestación "Brovales 400 kV".
Subestación Transformadora Elevadora 30/132/400 KV "Apicio"; ubicada en Polígono 14, parcela 20, del término
municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz). A la subestación conectan las líneas de media tensión procedentes de la
instalación fotovoltaica "Apicio" en 30 kV; así como la energía recolectada de otras siete plantas fotovoltaicas situadas
por la zona, llegando ésta por medio de líneas eléctricas de 132 kV de tensión.
o Línea eléctrica de evacuación S/C 400 kV de 21.443 metros de longitud total, conductor LA-455 Condor, con
origen en la Subestación Transformadora Elevadora 30/132/400 KV "Apicio", y final en la subestación
"Brovales 400 kV", propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U., ubicada en el polígono 36, parcela 101; del
término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).
Recorrido de la línea 400 kV: Término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz): Polígono 14; parcelas 20, 33, 15,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Segundo.- La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en
funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica están
sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la Ley indicada y en sus
disposiciones de desarrollo. Así mismo declara de utilidad pública las instalaciones de generación, transporte y distribución
de electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre bienes y derechos necesarios para
establecerlas, si bien establece la condición de que las empresas titulares de las instalaciones deberán solicitarla de forma
expresa, como así ha sido en el presente caso.
Asimismo de conformidad con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez
concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones recibidas durante la instrucción del
procedimiento, así como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes
en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente.
Tercero.- Con fecha 30 de diciembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 1183/2020, de 29 de
diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, cuya disposición final tercera
realiza, entre otras, una modificación del segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que
se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos,
relativo a la definición de potencia instalada para instalaciones fotovoltaicas, siendo de aplicación dicha modificación a la
instalación que nos ocupa en virtud de la disposición transitoria quinta del citado Real Decreto 1183/2020, de 29 de
diciembre.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en la legislación vigente, y
considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho esta Dirección General,
RESUELVE
Declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación que a continuación se detalla, a los efectos señalados en el artículo
149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
- Características de la instalación:
o Nombre de la instalación: Apicio.
o Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 14, parcelas 19, 20, 21, 22, 23, 9.002,
9.003, 9.004 y polígono 33, parcela 5; del término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz).
Referencias catastrales: 06050A014000190000JP, 06050A014000200000JG, 06050A014000210000JQ,
06050A014000220000JP, 06050A014000230000JL, 06050A014090020000JZ, 06050A014090030000JU,
06050A014090040000JH y 06050A033000050000JF respectivamente.
o Instalación solar fotovoltaica de 44,895 kW de potencia instalada, compuesta por 15 inversores de 2.993 kVA
cada uno.
Se instalan 8 centros de transformación tipo skid, 7 con una potencia de 2x3.000 kVA y 1 con una potencia de 1x3.000
kVA.
Existen tres líneas subterráneas con cable HRZ1 Al 18/30 KV de sección variable (120, 240, 400 y 630 mm²), que
interconectan los citados centros con la Subestación Transformadora Elevadora 30/132/400 KV "Apicio", para la
inyección de energía a la red en la subestación "Brovales 400 kV".
Subestación Transformadora Elevadora 30/132/400 KV "Apicio"; ubicada en Polígono 14, parcela 20, del término
municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz). A la subestación conectan las líneas de media tensión procedentes de la
instalación fotovoltaica "Apicio" en 30 kV; así como la energía recolectada de otras siete plantas fotovoltaicas situadas
por la zona, llegando ésta por medio de líneas eléctricas de 132 kV de tensión.
o Línea eléctrica de evacuación S/C 400 kV de 21.443 metros de longitud total, conductor LA-455 Condor, con
origen en la Subestación Transformadora Elevadora 30/132/400 KV "Apicio", y final en la subestación
"Brovales 400 kV", propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U., ubicada en el polígono 36, parcela 101; del
término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).
Recorrido de la línea 400 kV: Término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz): Polígono 14; parcelas 20, 33, 15,
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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