Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). (02972/2021)
Bases con convocatoria reguladoras de subvenciones a municipios y entidades locales menores, así como selección de entidades colaboradoras que participarán en la gestión del desarrollo del programa Bono de Emergencia Social y Comercio Local 2021
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Delegación de Bienestar Social
Anuncio 2972/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Bienestar Social
Badajoz
Anuncio 2972/2021
Bases con convocatoria reguladoras de subvenciones a municipios y entidades locales menores, así como selección de
entidades colaboradoras que participarán en la gestión del desarrollo del programa Bono de Emergencia Social y Comercio
Local 2021
Bases especificas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz, destinadas a municipios y
entidades locales menores de la provincia de Badajoz, así como la selección de la entidad colaboradazo que participará en la
gestión del desarrollo del programa Bono de Emergencia Social y Comercio Local (Diputación Social) en el ejercicio
económico 2021.
DECRETO
La crisis de salud pública que estamos sufriendo como consecuencia de la pandemia desatada por el virus SARS-CoV-2 ha
llevado al Gobierno de España a declarar el estado de alarma previsto en el artículo 116 de la constitución mediante el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis
sanitaria ocasionada por el COVID-19, estado de alarma que se ha prorrogado hasta el mes de mayo del presente año.
Tras la publicación del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por
el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, estamos inmersos en una paulatina vuelta a la actividad ciudadana y
empresarial poniéndose de manifiesto la adopción de medidas que impulsen el regreso al nivel de bienestar social, empleo
y actividad económica previo a la pandemia.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación
de Badajoz, y la regulación contenida en la disposición transitoria primera del Reglamento del registro electrónico de la
Diputación de Badajoz.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de
Badajoz destinadas a municipios de menos de 20.000 habitantes así como a entidades locales menores de la
provincia de Badajoz para el desarrollo del programa bono de emergencia social y comercio local durante el
ejercicio 2021, y sus anexos, cuyo texto forma parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar las bases del procedimiento para la selección de entidad colaboradora en la gestión de
programa bono de emergencia social y comercio local (Diputación Social).
Tercero.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
Solicitud de subvención destinada a municipios de menos de 20.000 habitantes y entidades locales
menores de la provincia de Badajoz del programa bono de emergencia social y comercio local durante
el ejercicio 2021 (anexo II).
Solicitud para la selección de entidad colaboradora del programa Diputación Social (anexo IV).
Cuarto.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la convocatoria.
Quinto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones
convocadas en régimen de concurrencia no competitiva así como la selección de la entidad colaboradora del
programa, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS), para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Delegación de Bienestar Social
Badajoz
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Bases con convocatoria reguladoras de subvenciones a municipios y entidades locales menores, así como selección de
entidades colaboradoras que participarán en la gestión del desarrollo del programa Bono de Emergencia Social y Comercio
Local 2021
Bases especificas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz, destinadas a municipios y
entidades locales menores de la provincia de Badajoz, así como la selección de la entidad colaboradazo que participará en la
gestión del desarrollo del programa Bono de Emergencia Social y Comercio Local (Diputación Social) en el ejercicio
económico 2021.
DECRETO
La crisis de salud pública que estamos sufriendo como consecuencia de la pandemia desatada por el virus SARS-CoV-2 ha
llevado al Gobierno de España a declarar el estado de alarma previsto en el artículo 116 de la constitución mediante el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis
sanitaria ocasionada por el COVID-19, estado de alarma que se ha prorrogado hasta el mes de mayo del presente año.
Tras la publicación del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por
el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, estamos inmersos en una paulatina vuelta a la actividad ciudadana y
empresarial poniéndose de manifiesto la adopción de medidas que impulsen el regreso al nivel de bienestar social, empleo
y actividad económica previo a la pandemia.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación
de Badajoz, y la regulación contenida en la disposición transitoria primera del Reglamento del registro electrónico de la
Diputación de Badajoz.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de
Badajoz destinadas a municipios de menos de 20.000 habitantes así como a entidades locales menores de la
provincia de Badajoz para el desarrollo del programa bono de emergencia social y comercio local durante el
ejercicio 2021, y sus anexos, cuyo texto forma parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar las bases del procedimiento para la selección de entidad colaboradora en la gestión de
programa bono de emergencia social y comercio local (Diputación Social).
Tercero.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
Solicitud de subvención destinada a municipios de menos de 20.000 habitantes y entidades locales
menores de la provincia de Badajoz del programa bono de emergencia social y comercio local durante
el ejercicio 2021 (anexo II).
Solicitud para la selección de entidad colaboradora del programa Diputación Social (anexo IV).
Cuarto.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la convocatoria.
Quinto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones
convocadas en régimen de concurrencia no competitiva así como la selección de la entidad colaboradora del
programa, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS), para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
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