Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02921/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza de Registro Electrónico de PROMEDIO
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Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO

Anuncio 2921/2021

ciudadana, que actuarán como oficinas de asistencia en materia de registros, o mediante procesos de
actuación administrativa automatizada aprobados y puestos a disposición de los interesados, todo ello
conforme a la legislación en materia de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
8. Cuando la relevancia del documento en el procedimiento así lo exigiera, o existieran dudas razonables
derivadas de la calidad de la copia aportada, PROMEDIO podrá solicitar, motivadamente, el cotejo presencial
de los documentos aportados por el interesado pudiendo requerir a éste para que exhiba el original o la
información requerida.
Disposiciones transitorias.
Primera. Adaptación organizativa y funcional.
1. Promedio dispondrá de un periodo transitorio de dos años, contados desde la publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia de esta Ordenanza, para adoptar las medidas necesarias para reorganizar el
funcionamiento de sus unidades y organismos con el fin de conseguir la tramitación plena de todos sus
procedimientos por medios electrónicos, de acuerdo con los principios de economía, eficiencia y eficacia.
2. La efectiva puesta en marcha y el funcionamiento del Registro queda supeditado a que se den las
condiciones técnicas necesarias para ello. En todo caso, en el plazo máximo de un año desde la entrada en
vigor de esta norma, deberá haberse completado el proceso y estar, en consecuencia, plenamente operativo.
Segunda. Entrada en vigor de determinados servicios.
1. El Registro Electrónico de Apoderamientos entrará en funcionamiento cuando se disponga de la tecnología
adecuada para implantarlos.
2. En todo caso, deberá estar disponible en la fecha que establezcan las disposiciones aplicables en materia
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Disposición final.
La presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya
transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en
relación con el artículo 70.2 de la misma norma.
Badajoz, 16 de junio de 2021.- La Vicepresidenta de PROMEDIO, Raquel del Puerto Carrasco.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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