Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02864/2021)
Extracto de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Alconchel para la concesión de ayudas económicas para suministros mínimos vitales, ejercicio 2021
6 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Alconchel
Anuncio 2864/2021
Límite de ingresos 2021 IPREM 2021 (14 pagas): 7.908,60 euros.
IPREM mensual 2021 (14 pagas): 659,05 euros.
N.º de miembros
% IPREM
Límite ingresos (€)
1
100%
659,05
2
108%
711,77
3
116%
764,50
4
124%
817,22
5
132%
869,95
6
140%
922,67
7
148%
975,39
8
156%
1.028,12
9
164%
1.080,84
10
172%
1.133,57
11
180%
1.186,29
12
188%
1.239,01
Límite si algún miembro tiene 65% o más de discapacidad o dependencia.
N.º de miembros
% IPREM
Límite ingresos (€)
1
110%
724,96
2
120%
790,86
3
130%
856,77
4
140%
922,67
5
150%
988,58
6
160%
1.054,48
7
170%
1.120,39
8
180%
1.186,29
9
190%
1.252,20
10
200%
1.318,10
11
210%
1.384,01
12
220%
1.449,91
Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona miembro de la
unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal, establecidas en los artículos
17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en
situación de dependencia.
La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté afectado por una
discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones públicas.
Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas
públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de
formación ocupacional.
No podrá concederse esta ayuda a quienes:
Residan en centros que pertenezcan a instituciones o entidades que estén obligadas a atender las necesidades básicas de
subsistencia de las personas residentes o estén ingresadas con carácter permanente en un centro residencial o de carácter
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 6
Anuncio 2864/2021
Límite de ingresos 2021 IPREM 2021 (14 pagas): 7.908,60 euros.
IPREM mensual 2021 (14 pagas): 659,05 euros.
N.º de miembros
% IPREM
Límite ingresos (€)
1
100%
659,05
2
108%
711,77
3
116%
764,50
4
124%
817,22
5
132%
869,95
6
140%
922,67
7
148%
975,39
8
156%
1.028,12
9
164%
1.080,84
10
172%
1.133,57
11
180%
1.186,29
12
188%
1.239,01
Límite si algún miembro tiene 65% o más de discapacidad o dependencia.
N.º de miembros
% IPREM
Límite ingresos (€)
1
110%
724,96
2
120%
790,86
3
130%
856,77
4
140%
922,67
5
150%
988,58
6
160%
1.054,48
7
170%
1.120,39
8
180%
1.186,29
9
190%
1.252,20
10
200%
1.318,10
11
210%
1.384,01
12
220%
1.449,91
Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona miembro de la
unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal, establecidas en los artículos
17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en
situación de dependencia.
La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté afectado por una
discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones públicas.
Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas
públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de
formación ocupacional.
No podrá concederse esta ayuda a quienes:
Residan en centros que pertenezcan a instituciones o entidades que estén obligadas a atender las necesidades básicas de
subsistencia de las personas residentes o estén ingresadas con carácter permanente en un centro residencial o de carácter
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 6