Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02818/2021)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de tres plazas de Agentes de la Policía Local, mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey

Anuncio 2818/2021

de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales una sola será la valida y que versará sobre el
contenido del programa incluido en el anexo IV de esta convocatoria. Se añadirán 5 preguntas de reserva, a
efectos de sustitución de las que pudieran contener errores.
c) Prueba práctica, que consistirá en la resolución, en un máximo de noventa minutos, de uno o varios
supuestos prácticos que versarán sobre materias relacionadas con el contenido del programa incluido en el
anexo IV.
d) Prueba psicotécnica dirigida a determinar la aptitud psicológica y adecuación al perfil profesional de estos
puestos de trabajo.
e) Reconocimiento médico, se realizará con sujeción a un cuadro que garantizará la idoneidad física del
opositor para la función policial a desempeñar, según el anexo II.
Para la realización de las pruebas, tanto de conocimiento como práctica de la fase de oposición, se tendrá en cuenta el
temario recogido en el programa de la convocatoria incluido en el citado anexo IV de las presentes bases, sin perjuicio de las
posibles modificaciones que se pudieran producir en mismo.
No obstante, en la totalidad del proceso selectivo, deberá exigirse por el Tribunal y el aspirante deberá ajustarse a la
normativa vigente el día de la publicación de la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y
excluidos, en la que se fija la fecha de celebración del primer ejercicio.
Octava.- Calificación de las pruebas, relación de aprobados, y presentación de documentos.
- Calificación de las pruebas: todas las pruebas serán obligatorias para todos los aspirantes y tendrán carácter eliminatorio.
Para la realización de una prueba se precisa haber superado la anterior.
El ejercicio de la prueba de conocimiento, tipo test (b), que se valorará de 0 a 10 puntos, se calificará a razón de 0,20 puntos
por cada respuesta correcta, restándose 0,10 puntos por cada respuesta incorrecta, no puntuándose las preguntas no
contestadas. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.
Para la valoración de las pruebas físicas, psicotécnicas, y médicas (a, d y e) se requerirán los servicios de personal
especializado, designados por la Alcaldía. Estas pruebas se calificarán, por el Tribunal, como apto o no apto.
La prueba práctica c), se valorará de 0 a 10 puntos, necesitando un mínimo de 5 puntos para superarla. La determinación de
la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total
por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva. Las sumas de las puntuaciones alcanzadas
por cada aspirante aprobado en la fase de oposición, determinarán el orden de la clasificación definitiva.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de
desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1.
2.
3.
4.
5.

Mayor puntuación en la prueba de conocimiento tipo test.
Mayor puntuación en la prueba práctica.
Menor número de respuestas incorrectas en la prueba de conocimiento tipo test.
Menor número de respuestas no contestadas en la prueba de conocimiento tipo test.
Por sorteo.

Serán seleccionados los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación sin que puedan superar el número de
aprobados el de las plazas objeto de esta convocatoria.
- Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá los
aspirantes seleccionados, y elevará, dicha relación, a la Sra. Alcaldesa a los efectos de que proceda al nombramiento como
funcionarios en prácticas para que acudan a la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para la superación del curso
selectivo.
- Presentación de documentos: Los aspirantes propuestos para su nombramiento estarán obligados a presentar en la
Secretaría General del Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación de la lista de aprobados, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda
de esta convocatoria (los que no tenían obligación de presentarlos con anterioridad).
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este supuesto, la
Alcaldía formulará nombramiento a favor del que siguiera en puntuación al propuesto, siempre que el mismo haya
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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