Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02652/2021)
Extracto de la convocatoria de ayudas a asociaciones deportivas de Montijo 2021
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Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 2652/2021

correspondiente en el cuál se refleje que el club ha participado en al menos 4 pruebas en el año 2020 (con un
mínimo de 4 deportistas en cada prueba).
B-5.1.
Certificado o documento acreditativo de la federación correspondiente en el cuál se reflejen que el evento o
prueba deportiva estaba federada, así como que se ha celebrado.
B-5.2.
Cartel y reglamento de la prueba, resultados de la competición, y documentación gráfica de medios de
comunicación o redes sociales de que dicho evento o prueba deportiva se ha celebrado.
B-5.3.
Cartel y reglamento de la prueba, señalando el apartado específico en el que hace referencia a este apartado.
B-6.
El Ayuntamiento lo comprobará de oficio.
B-7.
Fotografías de competiciones oficiales en los que se aprecie la vestimenta de competición oficial de la entidad.
B-8.
Fotocopia compulsada de documento con el número de Registro de Entidades Deportivas de la Junta de
Extremadura.
El incumplimiento de alguno de los requisitos generales establecidos en la base segunda, determinará la
exclusión del/la solicitante para ser beneficiario/a, con preclusión de su derecho de ser incluido como posible
adjudicatario/a de la ayuda, así como se le tendrá desistido de su solicitud sin más trámite.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrá requerirse al solicitante, en el plazo improrrogable
de quince días naturales, para que aporte la documentación omitida, o modifique en su caso, la presentada si
resultase procedente.
Transcurrido dicho plazo y no habiendo cumplimentado el interesado lo solicitado se la tendrá por desistido
de la solicitud presentada.
Toda la documentación presentada se entenderá confidencial y de uso reservado del Ayuntamiento de
Montijo.
En cualquier caso, la Comisión de Valoración del Ayuntamiento de Montijo valorará la documentación
aportada por los solicitantes, que será propuesta para su aprobación por la Junta de Gobierno Local.
Séptima.- Comisión Técnica Evaluadora.
La Junta de Gobierno Local del municipio nombrará una Comisión Técnica Evaluadora que valorará toda la
documentación aportada, elaborará un informe con los resultados obtenidos de todas las propuestas
recibidas, y lo trasladará a La Junta de Gobierno Local del municipio para su aprobación definitiva.
Octava.- Resolución.
La Junta de Gobierno Local del municipio evaluará las solicitudes presentadas según los criterios establecidos
en esta convocatoria, pudiendo pedir informes y/o aclaraciones a los solicitantes, referentes a la actividad
objeto de subvención. Del mismo modo, expresará en los plazos preestablecidos la relación de interesados, la
cuantía de la subvención o ayuda económica concedida, y notificará a los beneficiarios el acuerdo que les
afecte. El Ayuntamiento de Montijo hará públicas las becas o ayudas concedidas, como la relación de
solicitudes desestimadas en el tablón de anuncios de su sede, así como en su página web
https://ayuntamientomontijo.org/.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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