Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02688/2021)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones en especie a favor de los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para poner a su disposición elementos de accesibilidad para personas con discapacidad
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Área de Fomento

Anuncio 2688/2021

tienen más incidencia en los ámbitos de la cultura, el ocio, y la actividad física, por afectar directamente a las personas con
necesidades de accesibilidad en su integración social, y la relación que tienen estos ámbitos con la autonomía personal.
La articulación de la línea de subvenciones en especie expuesta permite alimentar los principios de autonomía y suficiencia
financiera municipal, consagrados en nuestra Carta Magna, recogidos en los artículos 137 y 142, que pivotan de forma
coadyuvante el uno con el otro.
Base 1.- Normativa de aplicación.
1. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
2. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
3. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
4. Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
5. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014.
7. Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley
39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
8. Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales,
modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo.
9. Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
10. Base de ejecución número 42 del presupuesto de la Diputación de Badajoz.
11. Y con carácter supletorio, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprobó su Reglamento y demás disposiciones.
12. Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial.
13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
14. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Base 2.- Objeto.
El objeto de estas bases consiste en el establecimiento de las normas reguladoras para el acceso a subvenciones públicas,
en régimen de concurrencia no competitiva, de los municipios y entidades locales menores, reconocidas oficialmente por el
censo de la Junta de Extremadura, dentro la provincia de Badajoz que ponga a su disposición diferentes elementos de
accesibilidad que permitan la integración social de personas con discapacidad.
El periodo de entrega e instalación de los elementos objeto de esta subvención será el comprendido entre la fecha de
publicación en el BOP de la concesión de la subvención hasta que se materialice el suministro e instalación conexo de cada
uno, conforme a los plazos que a tal efecto se estipulen en el procedimiento de licitación que lleva implícito la presente
convocatoria.
Base 3.- Finalidad.
La finalidad de esta convocatoria es ofrecer a los municipios y entidades locales menores de la provincia elementos de
accesibilidad integrantes para personas con discapacidad, con el fin de ubicarlos en piscinas, parques infantiles, espacios e
instalaciones públicas que posibiliten a los ciudadanos disfrutar de actividades lúdicas, formativas o culturales en dichos
lugares, actuaciones que se enmarcan dentro del proceso de lucha contra el fenómeno demográfico de abandono de los
municipios de la provincia, plenamente compatible con los objetivos de desarrollo sostenible números 3 y 11, de la Agenda
2030, que preside y orienta la acción de gobierno de esta Diputación Provincial.
En concreto, se reconocen como objetivos de desarrollo sostenible dentro de esta actuación el desarrollo de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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