Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02700/2021)
Bases reguladoras de las ayudas a asociaciones y clubes deportivos de Montijo 2021
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Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 2700/2021

Ref.

Documentación

B-2

Para las licencias que se rigen por año natural: Certificado o documento acreditativo de la Federación
correspondiente en el cuál se reflejen el número de deportistas federados/as en el años/temporada 2020.
Para las licencias que se rigen por temporada: Certificado o documento acreditativo de la Federación
correspondiente en el cuál se reflejen el número de deportistas federados/as en la temporada 2020/2021.

B-3

1. Fotocopia compulsada de la Titulación Deportiva.
2.a. Certificado o documento acreditativo de la Federación correspondiente en el cuál se refleje la condición
de entrenador/a de la entidad.
2.b. Certificado o documento acreditativo del Club o Asociación correspondiente en el cuál se refleje la
condición de entrenador/a de la entidad.

B-4

• Ligas Regulares: Certificado o documento acreditativo de la Federación correspondiente en el cuál se refleje
la participación en la Competición oficial en la temporada 2020 (si es por año natural) o en la temporada
20/21 (si abarca dos años diferentes).
• Ligas o Copas Abiertas (aquellas que no es obligatorio participar en todo el calendario ni en todas las
pruebas): Certificado o documento acreditativo de la Federación correspondiente en el cuál se refleje que el
Club ha participado en al menos 4 de las pruebas que la componen en la temporada 2020 (si es por año
natural) o en la temporada 20/21 (si abarca dos años diferentes).
• Campeonatos Oficiales (Aquellos que se celebran una sola vez en una fecha concreta_1/2/3 días): Certificado
o documento acreditativo de la Federación correspondiente en el cuál se refleje que el Club ha participado en
el año 2020, identificando los/as deportistas asistentes y sus resultados.
• En caso de que no exista liga o campeonato: Certificado o documento acreditativo de la Federación
correspondiente en el cuál se refleje que el Club ha participado en al menos 4 pruebas en el año 2020 (con un
mínimo de 4 deportistas en cada prueba).

B-5.1 Certificado o documento acreditativo de la Federación correspondiente en el cuál se reflejen que el evento o
prueba deportiva estaba federada, así como que se ha celebrado.
B-5.2 Cartel y reglamento de la prueba, resultados de la competición, y documentación gráfica de medios de
comunicación o redes sociales de que dicho evento o prueba deportiva se ha celebrado.
B-5.3 Cartel y reglamento de la prueba, señalando el apartado específico en el que hace referencia a este apartado.
B-6

El Ayuntamiento lo comprobará de oficio.

B-7

Fotografías de competiciones oficiales en los que se aprecie la vestimenta de competición oficial de la entidad.

B-8

Fotocopia compulsada de documento con el número de Registro de Entidades Deportivas de la Junta de
Extremadura.

El incumplimiento de alguno de los requisitos generales establecidos en la base segunda, determinará la
exclusión del/la solicitante para ser beneficiario/a, con preclusión de su derecho de ser incluido como posible
adjudicatario/a de la ayuda, así como se le tendrá desistido de su solicitud sin más trámite.
finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrá requerirse al solicitante, en el plazo improrrogable de
quince días naturales, para que aporte la documentación omitida, o modifique en su caso, la presentada si
resultase procedente.
Transcurrido dicho plazo y no habiendo cumplimentado el interesado lo solicitado se la tendrá por desistido
de la solicitud presentada.
Toda la documentación presentada se entenderá confidencial y de uso reservado del Ayuntamiento de
Montijo.
En cualquier caso, la Comisión de Valoración del Ayuntamiento de Montijo valorará la documentación
aportada por los solicitantes, que será propuesta para su aprobación por la Junta de Gobierno Local.
Sexta.- Comisión Técnica Evaluadora.
La Junta de Gobierno Local del municipio nombrará una Comisión Técnica Evaluadora que valorará toda la
documentación aportada, elaborará un informe con los resultados obtenidos de todas las propuestas
recibidas, y lo trasladará a La Junta de Gobierno Local del Municipio para su aprobación definitiva.
Séptima.- Resolución.
La Junta de Gobierno Local del municipio evaluará las solicitudes presentadas según los criterios establecidos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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