Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02696/2021)
Bases para la provisión, como personal funcionario de carrera, de cinco plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Badajoz
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Recursos Humanos

Anuncio 2696/2021

pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o
a petición de la persona interesada.
3.8. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en el apartado 3.4 de la
Base tercera, para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación dictará
Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos, así como la de excluidos. Dicha Resolución
se publicará en el BOP de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Badajoz, junto con la relación de
aspirantes excluidos y causas que han motivado su exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en las relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de
un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de
admitidos y excluidos en el BOP de Badajoz, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su
omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no
subsanaren la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el BOP de Badajoz y en la página web del
Ayuntamiento de Badajoz la resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos, con la inclusión correspondiente como admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan
subsanado errores u omisiones.
4.4. Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la
subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
conforme a la ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
4.5. En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la composición del Tribunal
Calificador. La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el BOP de Badajoz, será
determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Quinta. Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto como sigue:
a) Presidente/a: Un/a Funcionario/a de carrera designado/a por el Alcalde.
b) Secretario/a: Un/a Funcionario/a de carrera, con voz, pero sin voto, designado/a por el
Alcalde.
c) Vocales: Un/a Funcionario/a de carrera designado por la Consejería competente en materia
de Coordinación de Policías Locales, que deberá ser elegido por sorteo; el Jefe de la Policía
Local o, en su caso, mando intermedio que lo sustituya, que deberá ser elegido por sorteo; y un
Funcionario/a de carrera designado/a por el Alcalde, que deberá ser elegido por sorteo.
En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y profesionalidad;
asimismo, se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
5.2. La composición del Tribunal será predominantemente técnica y todos sus miembros, titulares y
suplentes, habrán de ser funcionarios de carrera, poseer un nivel de titulación igual o superior al requerido
para el acceso al grupo correspondiente a las plazas convocadas, pertenecer a un grupo de clasificación igual
o superior a aquel en que se integren las referidas plazas y, en caso de ser miembros de un Cuerpo de Policía
Local, deberán, además, pertenecer a una categoría igual o superior a la correspondiente a las plazas objeto
de convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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