Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Obando. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02672/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil de Puebla de Obando
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Ayuntamiento de Puebla de Obando

Anuncio 2672/2021

a) El descuido en la conservación y mantenimiento del equipo y material que tuviera a su cargo
en el cumplimiento de las misiones encomendadas.
b) La desobediencia a los mandos de la Agrupación, cuando ello no suponga maltrato de
palabra y obra y no afecte al servicio que deba cumplirse.
c) Las incorrecciones con el público, superiores, compañeros o subordinados, siempre que no
revistan carácter grave.
d) Las demás infracciones u omisiones al presente Reglamento, no calificadas como muy graves
o graves en los apartados anteriores.

Artículo 32. Sanciones.
1. Las faltas se sancionarán:
a) Las leves, con apercibimiento o suspensión de funciones por período de hasta un mes.
b) Las graves, con suspensión de funciones por período entre uno y seis meses.
c) Las muy graves, con el cese en la Agrupación.
2. La graduación de las sanciones se efectuará previa ponderación razonada de las circunstancias que
concurran en cada caso, mediante la aplicación de los criterios a tal efecto contenidos en la legislación sobre
Procedimiento Administrativo Común.
3. Las sanciones impuestas en virtud del régimen sancionador contenido en el presente Reglamento
resultarán compatibles con aquellas otras tanto de carácter administrativo o penal que el sancionado hubiera
podido merecer por la comisión de los hechos determinantes de aquellas.
Disposiciones finales
1.ª. Por el Alcalde o Concejal-Delegado en materia de Protección Civil se dictarán las instrucciones y directrices
que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Reglamento.
2.ª. Este Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el BOP."
En Puebla de Obando, a 3 de junio de 2021.- El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Iglesias Carrillo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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